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Diputados aprueban ‘castigar’ a las personas que maltraten animales

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Por unanimidad y con 450 votos a favor, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a los artículos 3º, 4º y 73 de la Constitución, para establecer que es responsabilidad y obligación de los gobiernos federal, estatales y municipales cuidar y evitar el maltrato de los animales.

El dictamen aprobado -otra reforma del paquete de las 20 iniciativas que dejó el expresidente López Obrador- argumenta que con esta adecuación legal se establece que “el cuidado animal es una responsabilidad coordinada entre los gobiernos federal, estatal y municipal”.

Además, estipula que se legislará para un trato justo y digno, al reconocer la importancia de los animales en la vida de las personas y el entorno.

Expone que con estas acciones se promueve un México que “respeta, que es empático e impulsa el cuidado hacia los seres vivos y que da voz a quienes no la tienen, protege a quienes no lo puede hacer y garantiza un futuro en el que el bienestar animal sea una realidad”.

Es decir, “el bienestar animal será eje fundamental en las políticas públicas”, anota el documento.

El dictamen determina que en los planes y programas de estudio se promoverá la protección de los animales. Establece también que queda prohibido el maltrato a los animales y puntualiza que “el Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las leyes respectivas”.

También, faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de protección de los animales.

¿Qué se considera maltrato a los animales?

Precisa que sus artículos transitorios se subraya que el Congreso de la Unión cuenta con un plazo de ciento ochenta días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, para expedir la ley general en materia de protección y cuidado de los animales, considerando su naturaleza, características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.

Menciona que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del decreto se realizarán con cargo a los recursos aprobados expresamente para esos fines por la Cámara de Diputados en los respectivos presupuestos de egresos de los ejecutores de gasto correspondientes, en el presente ejercicio fiscal, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.

Además, se derogan todas aquellas disposiciones jurídicas que sean contrarias a lo establecido en dicho decreto.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal, y diversas propuestas de diputadas y diputados en la LXV Legislatura.