Un abogado explica qué no tienes que hacer si te detiene la Policía: «Es mejor que...»
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Al igual que en muchos otros países, en España contamos con una serie de leyes que establecen un orden común para todos sus ciudadanos, de modo que se garantice el cumplimiento de los deberes y derechos de cada español. En el caso de no cumplir con dichas leyes y llevar a cabo un mal comportamiento, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden intervenir y, en casos específicos, proceder a detener a las personas que consideren oportuno. Según la web de Netpol (Institudo Superior de Seguridad Pública), «lo primero que debe quedarle claro a cualquier agente de policía es que, ante un delito, como regla general estaremos obligados a detener a su autor conforme establece el artículo 492.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ». Incluso aunque el policía no pille a la persona cometiendo el delito 'in situ', también puede caber la posibilidad de que el agente detenga a una persona por lo que se conoce como tentativa de delito . En ese caso no llegan a consumarlo pero sí lo intentan. A los escenarios en los que una persona puede ser detenida se suman el delito flagrante y la detención por indicios . El primer caso se define, coloquialmente, como pillar a la persona 'con las manos en la masa' y el segundo a que «cuando los agentes de Policía tienen la creencia racional de que la conducta desplegada por una o varias personas al menos en apariencia resulta delictiva (presenta los carácteres de delito) y también que la persona o personas que van a detener han participado de cualquier modo en la comisión del delito », explica la fuente citada. Si alguna vez te ves envuelto en alguna de estas situaciones y la Policía te detiene, seas culpable o no, un abogado te explica lo que debes evitar hacer para que la detención te perjudique lo menos posible. Se trata del abogado Luis Romero , que ha compartido un vídeo en TikTok en el que ofrece esa información. «Si te detiene la Policía en principio e s mejor que no declares, no respondas a ninguna pregunta . Y, como mínimo, espera a que llegue tu abogado defensor, que si es elegido por ti mucho mejor», expieza explicando el letrado. « ¿Por qué? Te preguntarás. En primer lugar, porque si se prestan dos declaraciones, en la Policía y después en el juzgado, habrá seguramente alguna contradicción o alguna incoherencia, y los nervios pueden jugarte una mala pasada. Pero, algo muy importante: normalmente la Policía no te da copia del atestado completo , solamente un resumen, unas líneas, una página, dos páginas... Pero ten en cuenta que, por mucho que diga la Policía y te preguntes, aparte de los datos personales y poco más, no debes responder a nada», termina de explicar Luis Romero.