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La Justicia reconoce el derecho de los alumnos a examinarse en valenciano y castellano en la Comunidad Valenciana

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha reconocido el derecho de los alumnos a realizar exámenes en cualquier de las dos lenguas cooficiales , valenciano y castellano, de la región. En una sentencia fechada el 20 de enero, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima parcialmente el recurso interpuesto por un estudiante de Formación Profesional en febrero de 2023. El alumno, que cursaba un módulo de técnico en emergencias sanitarias en un instituto de Valencia, había pedido utilizar el castellano -tanto oralmente como por escrito- en unas pruebas de evaluación. Tras remitir un escrito a la dirección del centro en noviembre de 2021, la Generalitat -gobernada entonces por PSPV, Compromís y Unides Podem- emitió una resolución desestimando su solicitud. Los magistrados aplican a este caso concreto la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional en diferentes sentencias en materia de cooficialidad lingüística y su traslación al ámbito educativo, y anula así la resolución dictada por la Dirección General de Innovación Educativa y Ordenación de la Conselleria de Educación el 25 de mayo de 2022. En el fallo, el tribunal señala que «el recurrente goza de la posibilidad de utilizar el castellano en los exámenes de evaluación, en virtud de la cooficialidad que rige» el Estatuto de Autonomía. «Es más, cabe afirmar que igual se habría reconocido si en lugar del castellano se hubiera elegido la lengua valenciana, la opción como tal seguiría siendo libre, neutra y bidireccional », agrega. Asimismo, la Sala pone el foco en que, en el supuesto analizado, la evaluación en castellano se refería a dos materias no lingüísticas, como dotación sanitaria y asistencia y esas pruebas «pueden tener efectos externos al centro donde se cursan, así como futuros», por lo que es lógico que «deban ser efectuadas en la lengua con la que mayor comodidad tenga al objeto de expresar sus conocimientos». La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.