Una jueza de Barcelona avala la eutanasia a un joven pese a la oposición de su padre
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Una jueza de Barcelona ha avalado la eutanasia a un hombre de 54 años cuyo padre había impugnado la resolución dictada el pasado 18 de julio por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña en la que se le concedía el derecho a morir dignamente alegando que el paciente «sufre problemas de salud mental». El progenitor invocó el derecho a la vida familiar, textualmente, como motivo para paralizar el proceso, pero en una interlocutoria avanzada por 'ElDiario.es' y consultada por ABC, la jueza del Contencioso Administrativo 5 de Barcelona, Montserrat Raga, expresa que «pareciera que la simple relación familiar» legitimaría al progenitor para iniciar un proceso legal, pero señala que según la legislación europea se requiere que el vínculo entre ambos sea real. En este sentido, según apunta la interlocutoria, el paciente vive solo, puesto que tiene un hijo menor de edad con una discapacidad con el que no tiene ningún tipo de relación , y tampoco tiene buena relación con su padre, por lo que solicitó que «no se comunicase la existencia del procedimiento a ningún familiar ni persona próxima». De todo ello se deduce que el recurrente no forma parte del mismo ni interviene como parte interesada, otro argumento para descartar su legitimación en la vía judicial. El paciente, de 54 años de edad, había sufrido varios episodios de ictus e infartos desde 2020. La interlocuroria precisa que «estamos ante una persona mayor de edad y capaz de ejercer de forma libre todos los derechos que las leyes le reconocen». Asimismo, la jueza recoge que en ninguno de los diagnósticos médicos se hizo mención de que el solicitante de la eutanasia sufra una enfermedad mental que lo incapacite para tomar sus propias decisiones. «Todas estas circunstancias invalidan cualquier interés que se pueda fundamentar en el derecho a la vida familiar como interés legítimo para impugnar el acta», recoge la jueza, que inadmite el recurso contencioso administrativo y avala que se le aplique la eutanasia en una resolución contra la que cabe recurso de apelación ante el mismo juzgado a resolver por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Queda pendiente de resolución otro caso, el de una joven también de Barcelona que reclamó el derecho a morir dignamente y un juez ordenó paralizar el proceso. El pasado verano un tribunal de Barcelona dictó frenar la eutanasia que debía practicarse a una mujer de 23 años al considerar que «que no había padecimiento grave». El padre de la joven, representado por Abogados Cristianos , pidió al tribunal detener el proceso alegando que la joven padece una enfermedad mental grave que le nubla su capacidad de juicio. El Juzgado consideró que no se aprecia en este caso «un padecimiento grave, crónico e imposibilitante». El caso está a la espera de pronunciamiento por parte del TSJC.