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Absuelven a un profesor condenado a 14 años por agresión sexual a un alumno

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha revocado la condena de catorce años de cárcel impuesta al profesor del Colegio San Juan de la Cruz de los Carmelitas Descalzos de Medina del Campo (Valladolid) A.F. que fue juzgado por agredir sexualmente a un menor interno en el seminario de dicho centro escolar. De esta forma, el docente, sobre el que pesa ya una s entencia condenatoria anterior, de 13 años, por hechos similares sobre otro alumno del mismo centro, ha sido exonerado en la causa presente, según la información del Gabinete de Prensa del TSJCyL recogida por Europa Press. En su sentencia respecto de la presente causa, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, ha estimado el recurso del condenado y ha anulado el fallo anterior dictado el pasado mes de marzo por la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid que le absolvió de un delito de elaboración de pornografía infantil pero, en cambio, consideró probada la autoría del delito de agresión sexual y, junto a 14 años de prisión, decretó su inhabilitación para trabajar en contacto con menores y la prohibición de aproximarse a la víctima a u na distancia inferior a 500 metros o comunicar con ella, por cualquier medio, durante 18 años, informa Ep. El fallo ahora anulado no apreciaba causa de incredibilidad en la versión ofrecida por la supuesta víctima, si bien el TSJ de Castilla y León no comparte tal afirmación tras recordar que el denunciante fue condenado por un delito de hurto cometido en el domicilio del condenado, «hechos de los que el menor se declaró culpable (habiéndose dictado sentencia condenatoria de conformidad), así como que éste último declaró en el acto del juicio en la presente causa que no se esperaba que el acusado le hubiera denunciado por tal hurto, siendo ese el detonante para que él denunciase los hechos aquí enjuiciados«. «La lógica impone llegar a la conclusión de que dicha denuncia que nos ocupa vino motivada indudablemente por motivos espurios , sin que podamos compartir la valoración que hace la sentencia recurrida de que no lo hizo por venganza sino para que el denunciado asumiera su responsabilidad por las agresiones sexuales que cometió al igual que él tenía qu e asumir sus responsabilidad por el hurto« , añade el fallo absolutorio entre otras razones de peso para poner en tela de juicio la versión del denunciante. El docente, durante la vista oral celebrada a puerta cerrada, s e declaró inocente y víctima de una extorsión por parte del alumno, de 14 años, quien le habría amenazado con incriminarle si no retiraba contra él la denuncia por el robo de joyas en su apartamento. El que fuera profesor del San Juan de la Cruz de Medina negó haber mantenido relación sexual alguna con el menor, con quien tenía una muy buena amistad, y relató que el alumno, aprovechando que él estaba de vacaciones, entró en su piso y le robó joyas familiares que luego fueron localizadas por la policía en una casa de empeños. Tras la correspondiente denuncia, el profesor sostiene que el autor del robo le extorsionó para que retirara la misma como condición para no acudir a la policía y acusarle de haberle agredido sexualmente cuando estuvo matriculado entre 2014 y 2019 en el Colegio San Juan de la Cruz, Carmelitas Descalzos de Medina del Campo, donde permaneció los tres primeros cursos en régimen de internado en el seminario que estaba a cargo del acusado.