Así quedan las pensiones en 2025: suben las cuantías y la cotización necesaria para jubilarse
Entre las novedades en materia de pensiones para este 2025 destaca la subida general de las contributivas en un 2,8% y de las mínimas, no contributivas y el ingreso mínimo vital (IMV) en un porcentaje aún mayor. Además, se retrasa la edad de jubilación ordinaria en unos meses.
Contexto. Desde el 1 de enero de 2025 se revalorizan las pensiones de 12 millones de personas, según cálculos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, tras aprobar el Consejo de Ministros el real decreto ley 9/2024, de 23 de diciembre, que lo recoge.
¿En qué cuantía suben las pensiones este 2025?
- Las pensiones contributivas y de clases pasivas del Estado suben un 2,8% en 2025, tal y como marcó el dato de IPC de noviembre. En 2024 se revalorizaron un 3,8%, mientras que en 2023 lo hicieron en un 8,5%.
- Las pensiones mínimas aumentan cerca de un 6%. La pensión mínima de jubilación para los hogares unipersonales se fija en 12.241 euros anuales (frente a los 11.552 euros de 2024) y en 15.786 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2024 fue de 14.466 euros).
- Las pensiones no contributivas y el ingreso mínimo vital (IMV) se revalorizan un 9% en 2025.
- Las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) se revalorizan también en un 6%. Por lo que alcanzan los 560 euros mensuales en el caso de las no concurrentes con otras pensiones públicas (de 7.840,00 euros anuales) y los 543 euros mensuales para las que sí lo son con alguna pensión de viudedad (de 7.610 euros anuales).
- Las pensiones con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares aumentan un 9,1%.
¿Cuánto es la pensión máxima en 2025? Con la subida del 2,8% (por el IPC) en las pensiones contributivas, la pensión máxima se sitúa en los 3.267 euros mensuales o 45.746 euros anuales. En 2024 era de 3.175 euros mensuales o 44.450 euros anuales.
¿Cuánto aumenta la edad ordinaria de jubilación en 2025?
- La edad legal de jubilación ordinaria sube este nuevo año dos meses respecto a la de 2024, situándose en 66 años y 8 meses cuando se cuente con menos de 38 años y tres meses cotizados. Antes eran 66 años y 6 meses.
Si se han cotizado 38 años y tres meses o más, la persona se podrá jubilar con 65 años, tal y como establece la disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social. Antes valía con haber cotizado 38 años.