El TSJCV rechaza las querellas y denuncias contra Mazón y atribuye las competencias de la investigación a un juzgado de instrucción
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado las querellas y denuncias interpuestas contra el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por su gestión de la dana, al entender que, “en estos momentos, no hay indicios sólidos y fundados de criminalidad en contra el aforado”.
- “La Sala no es insensible a la tragedia ocurrida”, señala el Alto Tribunal, pero ninguna denuncia ofrece el nivel de indicios que “se precisa para asumir nuestra competencia”.
- En su lugar, recuerda a los querellantes y denunciantes que pueden impulsar la apertura de una investigación preliminar en un Juzgado de Instrucción que, en caso de encontrar “indicios sólidos”, podría elevar una exposición razonada al TSJCV.
Contexto. La Fiscalía Superior de la Comunidad Valenciana solicitó al TSJCV que comenzara una investigación contra Mazón, basándose en siete querellas y denuncias contra él y contra otros miembros del Ejecutivo valenciano por la gestión del pasado 29 de octubre, día de la dana.
- En ellas, se acusa al president de los presuntos delitos de prevaricación, de lesiones y homicidios imprudentes, omisión del deber de socorro, daños imprudentes y contra los derechos de los trabajadores.
- Carlos Mazón goza de una condición de aforado.
El rechazo del TSJCV. Los magistrados no aprecian en los relatos de las querellas y denuncias indicios “objetivados con consistencia o solidez” con los que justificar una investigación a Mazón “en estos momentos”.
- Argumentan haber aplicado las exigencias que marca el Tribunal Supremo en estos casos: cuando el acusado es una persona aforada, se necesitan “indicios cualificados para no sustraer las investigaciones de su ámbito primario natural”.
- Además, la Sala alude al llamado “principio por el hecho propio” y evita “atribuciones objetivas de responsabilidad” a Mazón por el mero hecho de ostentar un cargo, “por muy alto que este sea”.
A pesar de ello, está de acuerdo con la Fiscalía en que las imputaciones realizadas, en su mayoría relativas la omisión de decisiones que hubieran evitado o mitigado el fatal resultado, derivan de una “relación causa/efecto”.