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Ноябрь
2024

Nos preguntáis si la Confederación Hidrográfica del Júcar “multará con 300.000 euros a los pueblos que limpien sus cauces” 

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Circulan por redes sociales varias publicaciones que afirman que la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) “multará con hasta 300.000 euros” a los ayuntamientos que retiren las cañas de los cauces. 

  • Uno de los ayuntamientos mencionados por un medio de comunicación es el de Elche (Valencia), el cual informó el 19 de noviembre de que los barrancos de la localidad acumulaban una especie invasora de caña.
  • Ante eso, el consistorio anunció en el mismo comunicado que procederá a la “limpieza íntegra de todos los barrancos del término municipal”, pese a la falta de autorización por parte de la confederación hidrográfica. 

¿Se puede multar al Ayuntamiento? Sí. El régimen sancionador está regulado en el Título VII del Real Decreto Legislativo 1/2001 y el Título V del Real Decreto 849/1986. Las multas van desde los 6.010 hasta los 601.012 euros. 

  • Un apunte. La confederación hidrográfica aclara a Newtral.es que con la ley en mano es posible que se pueda sancionar a un ayuntamiento con un importe de 300.000 euros.
  • Sin embargo, el organismo asegura que en los últimos seis años “nunca se ha sancionado a nadie por limpiar un cauce” sin tener la autorización pertinente. 
  • Las multas. El corte de árboles, ramas, raíces o arbustos en los cauces, riberas o márgenes sometidos al régimen de policía supone una infracción leve cuya multa es de hasta 6.010 euros.
  • Las multas de 300.000 euros a las que se refieren los mensajes virales son producto de infracciones graves y muy graves por daños al dominio público hidráulico valorados en más de 15.000 y 150.000 euros, respectivamente.

La confederación enfatiza que cuando se llevan a cabo limpiezas sin autorizaciones “entienden que se trata de actuaciones de urgencia”. Si bien no se establece una multa, los ayuntamientos deben justificar lo que han hecho. 

  • Un dato. A enero de 2024, la confederación había emitido 368 autorizaciones para realizar actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces.
  • Las actuaciones consistían en desbroce, poda, retirada de árboles muertos, y eliminación del exceso de vegetación oclusiva.

¿Qué dicen los expertos? César Rodríguez, especialista en gestión fluvial y secretario general de la asociación AEMS-Ríos con Vida, considera que no es cierto que se multe a un ayuntamiento por quitar cañas de los ríos. 

  • “Cualquier persona o ayuntamiento que quiera eliminar cañas tiene que pedir una autorización a la cuenca hidrográfica si está dentro del dominio público hidráulico”, dice Rodríguez a Newtral.es. 
  • José Trigueros, presidente Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y de la Ingeniería Civil, señala en cambio que si no se ha pedido permiso para la limpieza se incumple la ley, y por lo tanto el ayuntamiento se expone a multas.

Como explicamos en Newtral.es, la existencia de vegetación de especies autóctonas en los cauces puede ser de utilidad para frenar las riadas y prevenir inundaciones. No sucede lo mismo con las especies invasoras.

  • Además, contrario a lo que afirman los mensajes virales, no existe una prohibición de limpiar los cauces de cañas invasoras. Al contrario, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente apela a la limpieza de los cauces.
  • De hecho, la secretaría aboga por el mantenimiento de la vegetación, conforme a la Guía de conservación, mantenimiento y mejora de cauces del Ministerio para la Transición Ecológica de 2019.

Fuentes

Declaraciones a Newtral.es de la Confederación Hidrográfica del Júcar

Declaraciones a Newtral.es de César Rodríguez, especialista en gestión fluvial y secretario general de la asociación AEMS – Ríos con Vida

Declaraciones a Newtral.es de José Trigueros, presidente Asociación de Ingenieros de Caminos Canales y Puertos y de la Ingeniería Civil

Sitio web de Confederación Hidrográfica del Júcar