El TSJM rechaza estudiar la querella de Sánchez contra el juez Peinado por presunta “prevaricación”
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado este viernes por unanimidad estudiar la querella que presentó la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por un presunto delito de prevaricación contra el juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso de Begoña Gómez.
El TSJM ha declarado, en un auto al que ha tenido acceso Newtral.es, que “no aprecia” motivos para abrir una investigación con el fin de comprobar si el magistrado Peinado prevaricó al citar a Sánchez en la Moncloa el pasado mes de julio cuando la ley le habilita a declarar por escrito como presidente del Gobierno.
La Sala de lo Civil y Penal considera que “concebir como un ataque innecesario a la actuación del Gobierno” la citación en calidad de testigo de su presidente en una causa penal, en este caso la de su esposa, “carece de la más elemental justificación”.
- En este sentido, defiende que al tratarse de actos no derivados del ejercicio de sus funciones como presidente del Gobierno, el instructor no tenía que darle la opción de poder declarar por escrito.
El auto del TSJM concluye con que “dado el carácter especulativo en que se basa la querella y el prejuicio que destila la misma”, la acción impuesta por la Abogacía del Estado en representación de Sánchez, intenta “tergiversar el fin lícito que implica el tipo delictivo que se le imputa” a Peinado.
Contexto. La Abogacía del Estado presentó la querella contra Peinado el pasado 30 de julio, el mismo día que el magistrado acudió a la Moncloa a tomar declaración como testigo a Sánchez y en el que se acogió a su derecho a no declarar en la causa que investiga a su mujer.
- En la querella se señalaba que Peinado prevaricó al dictar “a sabiendas” varias resoluciones que atendían a “convicciones propias” que “se apartan de su deber investigador”.
Una de ellas sería la de la toma de declaración presencial y no por escrito, como solicitaba Sánchez bajo su condición de presidente del Gobierno, en función de lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Fuentes
Auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM)