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La Audiencia de Madrid no ha dicho que la investigación a Begoña Gómez sea “prospectiva” pese a lo que dice Alegría

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La portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Pilar Alegría, aseguró que la Audiencia Provincial de Madrid considera que la investigación a Begoña Gómez es “prospectiva” –como explicamos en Newtral.es, aquella que se produce cuando “no hay un hecho delictivo claro”–. Pero es falso.

  • “La Audiencia señala que hay una investigación prospectiva, genérica e imprecisa, y afea que esto sea así”, afirmó la ministra portavoz en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros del 8 de octubre (min. 40:54). 

Pese a lo que dijo Pilar Alegría, en el auto publicado en la víspera de sus declaraciones y remitido a Newtral.es la Audiencia Provincial de Madrid no planteó que la investigación a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, fuera prospectiva.

El concepto. Una investigación prospectiva es la que ocurre “cuando no hay un hecho delictivo claro, por lo que no debería hacerse”, según explicó a Newtral.es el catedrático de Derecho Penal en la Universidad del País Vasco, Norberto J. de la Mata.

  • Por ejemplo, hechos basados en hipótesis subjetivas vacías de datos concretos y sin indicios sólidos, como pueden ser casos que se conocen a través de los medios de comunicación y que los jueces deciden investigar sin denuncias previas.

Lo que dice el auto. Si bien Pilar Alegría señaló que la Audiencia Provincial consideró prospectiva la investigación a Begoña Gómez, en la página 17 del auto se apunta:

  • “Prospectiva es la investigación que se inicia de forma indeterminada en búsqueda de posibles conductas delictivas sin una mínima concreción y sospechas fundadas, pero no aquella que partiendo de una conducta racionalmente sospechosa (ejercicio de influencia o promesa de ejercicio para condicionar la toma de decisiones públicas a cambio de ventajas indebidas), inicia una amplia indagación que permita conocer con detalles todas aquellas circunstancias que pueda influir y determinar en su calificación”.
Extracto de la página 17 del auto de la Audiencia Provincial de Madrid.

En otro de los puntos, añade que existen adjudicaciones donde apreciaron “datos objetivos en los que se constataba la intervención personal de la denunciada en apoyo de las empresas de [Carlos] Barrabés y que justifican la investigación”, algo que se opondría al argumento de Alegría de que la Audiencia Provincial considera “prospectiva” la investigación a Begoña Gómez.

Extracto de la página 18 del auto de la Audiencia Provincial de Madrid.

Por otro lado, el auto sí utiliza las palabras “genérica e imprecisa” (página 13), pero no para referirse al conjunto de la investigación, sino a un fragmento de la redacción de un auto del juez Juan Carlos Peinado.

Inicio del procedimiento. Aunque Alegría dice que “con esta resolución desde luego lo que parece claro es que se aproxima el archivo de esta causa”, la Audiencia Provincial incluye en el auto que “esta instrucción se encuentra en una fase muy inicial”.

Así, concluye que no se archiva el caso, si bien pidió que se acote la investigación y se eliminen de ella los hechos de los que la Audiencia Provincial considera que no hay indicios de delito.

[Cronología judicial del caso Begoña Gómez: de la denuncia de Manos Limpias a la deliberación sobre el futuro de la causa]