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La Illa d’en Colom, una isla privada cuya legislación prohíbe el alquiler turístico por ser parque natural de Menorca

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La Illa d’en Colom es una reserva natural que forma parte del parque natural de s’Albufera des Grau, en Menorca. De titularidad privada, el dueño es Álex Meruelo, un multimillonario cubano-estadounidense. Debido a su elevado grado de protección, en la casa de la Illa d’en Colom no se permite el alquiler turístico.

  • Red Natura 2000. Está catalogada como Lugar de Interés Comunitario (LIC), Zona de Especial Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Además, Menorca es Reserva de la Biosfera.

Una isla privada. Es propiedad de la empresa Meruelo Investments S.L., como ha comprobado Newtral.es en el Registro de la Propiedad. El administrador único es José Lombardía Rodríguez, según figura en el Registro Mercantil, aunque la sociedad pertenece al multimillonario Álex Meruelo, como publicó Cinco Días.

  • En la isla también hay una casa, propiedad de la misma sociedad, sobre la que apenas figuran detalles. Esta casa difícilmente se podría alquilar a turistas, debido a la ley que regula el parque natural, que es muy estricta.
  • La Conselleria de Medio Natural del Govern balear confirma a Newtral.es que es un caso muy similar al de la isla de S’Espalmador, dentro del parque natural de las salinas de Ibiza y Formentera, que tiene dos casas. «Es una zona de exclusión que está altamente protegida», afirman a Newtral.es. En el caso de S’Espalmador, las mismas fuentes afirmaron que «difícilmente se podría autorizar el uso [para alquiler turístico]».

Especies protegidas. La lagartija balear es una especie de interés comunitario, protegida por la legislación, y que se encuentra en una situación de «casi amenazada», según la Lista Roja de Especies Amenazadas que elabora la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, por sus siglas en inglés).

  • Existen nueve subespecies menorquinas de la podarcis lilfordi (por su nombre científico). En el caso de la Illa d’en Colom, habita la podarcis lilfordi brauni.
  • La lagartija balear —y otras especies— es muy sensible a la depredación por parte de especies invasoras. Por eso, está prohibida la introducción —en todo el ámbito del parque natural— de las especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
  • Dominio público marítimo-terrestre. Es la franja de costa, generalmente de 100 metros, que pertenece al Estado y está destinada al uso común de todos, sin posibilidad de propiedad privada.  En algunos lugares puede extenderse hasta 200 metros o más, especialmente en áreas sensibles desde el punto de vista ambiental. 
  • Servidumbre de protección. Es la franja de tierra, de 100 metros de ancho,  a partir de la orilla del mar hacia el interior, donde se aplican ciertas restricciones para proteger el área. Están diseñadas para preservar el medio ambiente o evitar construcciones no autorizadas en esa zona cercana al mar.
  • Servidumbre de tránsito. Es una zona de 6 metros de ancho que se extiende desde la orilla del mar hacia el interior. Esta área debe mantenerse siempre libre para que las personas puedan caminar y para que pasen vehículos de vigilancia y rescate. Sin embargo, en lugares donde el acceso es complicado o peligroso, esta franja puede ampliarse hasta 20 metros si es necesario. En algunas áreas protegidas, puede haber restricciones sobre el uso de esta franja.

La Illa d’en Colom representa un enclave privilegiado debido a su interés paisajístico, su flora y su fauna. Tiene, además, dos playas: Arenal d’en Moro y Els Tamarells.

  • En ambas hay instalado, durante la temporada estival, el balizamiento en la zona de baño para reducir el riesgo entre bañistas y embarcaciones. Hay que tener en cuenta que el fondeo de embarcaciones en las zonas de baño debidamente balizadas está prohibido, según el Reglamento General de Costas.
  • Las zonas de fondeo también están reguladas con el objetivo de evitar que se dañe la posidonia oceánica, una planta protegida por la legislación balear, imprescindible para el ecosistema marino. Esta regulación es un elemento común en la totalidad del archipiélago balear.
  • Cabe recordar que, aunque una isla sea privada, las servidumbres de protección, tránsito y acceso al mar, son públicas. Las playas también están incluidas dentro de los bienes de dominio público marítimo-terrestre, según refleja la ley de costas.

En definitiva, las singularidades paisajísticas y medioambientales de la Illa d’en Colom imposibilitan que su casa se pueda destinar al alquiler turístico vacacional.

Fuentes

Plan rector de uso y gestión del Parque Natural de s’Albufera des Grau

Ley 3/2023, de 17 de febrero, de Menorca reserva de biosfera

Registro de la Propiedad

Registro Mercantil

Cinco Días

Reglamento General de Costas

Decreto 25/2018 de 27 de julio, sobre la conservación de la Posidonia oceanica en las Illes Balears

Ley de costas

Decreto-ley 1/2023, de 30 de enero, de medidas extraordinarias y urgentes para la protección de la lagartija pitiusa y la lagartija balear

La Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN)

Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras