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Сентябрь
2024

El Tribunal Supremo confirma la no aplicación de la amnistía al delito de malversación a los líderes independentistas

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El Tribunal Supremo ha ratificado su decisión de no amnistiar el delito de malversación a los líderes independentistas condenados por el procés tras rechazar los recursos de súplica presentados por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y tres procesados (el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsellers Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa).

  • También ha rechazado el recurso presentado por Vox, que consideraba que el delito de desobediencia también estaba excluido de la amnistía. 

Contexto. Los recursos de súplica se presentaron después de que el pasado julio el Alto Tribunal considerase que la malversación estaba excluida de la ley de amnistía en la causa del procés, por entender que la motivación habría sido obtener un beneficio personal de carácter patrimonial.

La petición de rectificación del Gobierno. Un día después de que el Supremo anunciase su postura, Pilar Alegría, portavoz del Gobierno, pidió que rectificase: “El texto de la ley de amnistía es absolutamente claro y meridiano. La voluntad del legislador también. Tan clara como las letras y el texto de la propia ley”, subrayó.

La ratificación. El Alto Tribunal sostiene que “solicitar a Sala que se interprete la ley de amnistía sin otra referencia que la que proporciona la voluntad del legislador” es pedir que “abdiquen en su función como jueces”. “Las leyes no pueden interpretarse como un mandato verbal dirigido por el poder político a los jueces”, prosigue.

El siguiente paso. Los condenados aún pueden presentar un incidente de nulidad antes de acudir en amparo al Tribunal Constitucional. Si este tampoco les diese la razón, los condenados podrían recurrir a la Justicia europea. Por último, tienen la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una vía que ya han utilizado en otras ocasiones.

Fuentes

Nota de prensa del Tribunal Supremo

Agencia EFE