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Qué implica que Madrid designe bienes de interés cultural los coros de la Santa Cruz y de El Escorial

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La Comunidad de Madrid declarará como bien de interés cultural (BIC), en la categoría de Patrimonio Inmaterial, las Escolanías del Escorial y de la Santa Cruz del Valle de los Caídos. Esta nominación, declarada a nivel autonómico pero con efectos a nivel nacional, supone garantías como beneficios fiscales o subvenciones directas, entre otras. 

Qué son las escolanías. Como recoge el Diccionario de la Real Academia Española, los escolanos son niños educados principalmente para el canto en algunos monasterios e iglesias. Estos forman los coros. 

  • La Escolanía de El Escorial la componen 45 niños de entre 9 y 18 años. Fue fundada en 1567 por Felipe II, y desde entonces se la vincula con la orden de los religiosos agustinos del monasterio de San Lorenzo de El Escorial. Esta escolanía está especializada en polifonía religiosa renacentista.
  • La de la Santa Cruz del Valle de los Caídos está formada por 40 niños de entre 8 y 16 años. Fue creada en 1958 por la congregación benedictina establecida en la abadía del mismo nombre. Cantan desde monodias medievales hasta polifonías sagradas y profanas.

Beneficios de una declaración como BIC. La ley de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid recoge medidas para fomentar la conservación de los bienes de interés cultural, así como beneficios para que estos sigan existiendo o cobren mayor protagonismo:

  • Subvenciones, tanto de concesión directa como con previa solicitud, destinadas a proteger, conservar, investigar, enriquecer, difundir y disfrutar los bienes integrantes del patrimonio cultural madrileño.
  • Beneficios fiscales. Los bienes inmuebles, por ejemplo, pueden exonerarse hasta un 95% del IBI, según los expertos en patrimonio consultados por este medio. En el caso de obligaciones tributarias, se pueden emplear estos bienes de patrimonio cultural como medio de pago en especie.
  • Financiación. Se le reserva una parte del presupuesto del 1% cultural.

“En este caso, al ser un coro, estos beneficios se podrían destinar a la formación de los niños o a la difusión de su existencia, pero nunca a la protección de su entorno –el Valle de los Caídos o El Escorial–. Para que esto ocurriese, se tendría que incluir en la solicitud de BIC ese bien inmueble”, explica a Newtral.es Marta Suárez-Mansilla, gestora cultural, abogada e investigadora especializada en derecho del arte y la cultura.

Por qué se declararán BIC. Según la Comunidad de Madrid, estas escolanías deben ser valoradas “por su capacidad para trasladar las tradiciones orales o su papel fundamental en el desarrollo de sus comunidades religiosas”. 

  • La Dirección General de Patrimonio Cultural de Madrid deberá incoar el proceso, es decir, tendrá que iniciar los trámites. Después, estos durarán 9 meses. Sin embargo, hasta esa incoación puede pasar tiempo. 
  • “Conozco casos en los que la entidad responsable ha tardado más de un año para incoar el procedimiento, por lo que la declaración no es inmediata ni la obtención de sus beneficios”, explica Suárez-Mansilla.

Fuentes

Consejería de Cultura de la Comunidad de Madrid

Ley de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid

Entrevista con Marta Suárez-Mansilla, gestora cultural, abogada e investigadora especializada en derecho del arte y la cultura