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Июль
2024

La Fiscalía de Madrid recurre la citación de Sánchez como testigo en el caso de Begoña Gómez

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La Fiscalía de Madrid ha recurrido la decisión del juez Juan Carlos Peinado de citar el 30 de julio como testigo al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la causa en la que investiga a su mujer, Begoña Gómez, por presunto tráfico de influencias. El Ministerio Público considera que esta declaración no es necesaria, útil o pertinente para los fines de la investigación, según informa la Agencia EFE. 

  • Repite así los pasos que ha dado este martes el abogado de la mujer del presidente, bajo los argumentos de que «no existe indicio alguno que justifique la línea de investigación, una vez más prospectiva, que se ha iniciado».

El recurso. El ministerio público pide al juez que reconsidere su decisión y anule la providencia emitida el pasado lunes o, en su caso, de forma subsidiaria, permita la declaración del presidente del Gobierno por escrito si la declaración es sobre cuestiones relativas a su cargo en virtud de lo que establece Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim). 

  • La igualdad de los ciudadanos ante la ley, protegida en la Constitución, «no puede hacer de peor condición a quien ejerce un cargo público relevante (ni a su esposa)» que, aunque puede «ser objeto de las legítimas críticas en ámbitos variados, propios de una sociedad democrática, no debe verse abocado a un tratamiento procesal distinto ni más gravoso que el resto de ciudadanos», ha escrito el fiscal responsable del caso.
  • También subraya que en el procedimiento se están produciendo «disfunciones» porque “ya son dos las personas traídas a la causa como testigos y que, tras declarar bajo juramento, han sido imputadas y han pasado a tener la consideración de investigadas –como es el caso de Joaquín Goyache, rector de la Complutense– sin motivación alguna», según ha recogido Europa Press. 

Qué dice la ley. Como explicamos en Newtral.es la norma dicta que el presidente y demás miembros del Gobierno “están exentos de concurrir al llamamiento del juez, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo”. 

  • En la providencia de citación, el juez instructor se refiere a Sánchez como esposo de la investigada, y no como presidente, por lo que no le pide que declare sobre los hechos de los que tiene conocimiento “por su cargo”. 
  • En cualquier caso, Pedro Sánchez puede negarse a declarar, ya que la LECrim exime a cualquier persona citada como testigo de la obligación de hacerlo en contra de su cónyuge, según el artículo 416 de la LeCrim.

Fuentes

Agencia EFE

Europa Press

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