El TSJ de Cataluña suspende el decreto que situaba el catalán como lengua vehicular en la educación no universitaria
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado la suspensión del Decreto aprobado en 2022 por el Govern, tras un largo trayecto judicial, que regulaba el régimen lingüístico del sistema educativo no universitario y que situaba al catalán como lengua vehicular en las clases de las escuelas e institutos, según ha anunciado el tribunal.
El Decreto. Establecía un régimen lingüístico en las clases de colegios e institutos catalanes y fijaba esta lengua como la “normalmente utilizada” para el aprendizaje, dejando el castellano a un lado en la mayoría de clases.
- La norma surge tras una sentencia del TSJ de Cataluña que exigía que el uso del castellano en una clase no podría ser inferior al 25%.
- Recogía la necesidad de conocimiento superior (nivel C2) del catalán y, en su caso del Aranés, tanto a nivel oral como para acceder a la docencia a partir del curso 2025-26.
- El Departamento de Educación era el encargado de validar el proyecto lingüístico de cada centro para que este fuese legal, conforme a lo decretado.
El recurso para la suspensión del Decreto lo interpuso la entidad Asamblea por Una Escuela Bilingüe (AEB), que lucha por aumentar la presencia de la lengua castellana en el ámbito educativo.
La suspensión. En el auto, el TSJ de Cataluña ve en la norma una vulneración del “derecho fundamental de los alumnos y alumnas” considerando los porcentajes “lesivos” al estar “en juego el derecho a recibir educación en castellano”.
- En este sentido, rechaza que el Decreto esté «apoderando a los proyectos lingüísticos a que determinen la presencia del castellano en cada centro escolar», sin que se fije «una garantía mínima del uso de dicha lengua vehicular más allá de la impartición de la asignatura de lengua y literatura castellana».
- El tribunal considera que cualquier sistema educativo en España debe tener una presencia “adecuada de la lengua castellana”.
El juez también señala que la regulación legal catalana de 2022, que constituye el marco de desarrollo del Decreto suspendido, «ha sido cuestionada ante la jurisdicción constitucional por no garantizar una presencia mínima del castellano en la enseñanza» y que «ha sido admitida a trámite por el pleno del Tribunal Constitucional».
Fuentes
Auto de la suspensión de la vigencia del Decreto 91/2014, de 14 de mayo