El Gobierno aprueba un real decreto para proteger a los trabajadores que se exponen a agentes cancerígenos
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que busca una mayor protección a los trabajadores frente a los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos en el ámbito laboral.
El objetivo de esta norma, que da cumplimiento a una directiva europea sobre esta misma materia, es “reforzar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras”, indicó Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social.
- Ojo al dato. Según la Secretaría de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental de Comisiones Obreras, en España se registraron más de 14.000 nuevos casos de cáncer y 6.000 muertes por exposiciones laborales a agentes cancerígenos en 2023.
El real decreto pone coto a la exposición a agentes cancerígenos. La iniciativa establece valores límite de exposición para el acrilonitrilo (industria textil) y para los compuestos de níquel (industria del metal o de la cerámica). También se actualiza el valor límite actual para el benceno (producción de plásticos o plaguicidas), que se encontraba hasta ahora en un 3,25 miligramos por metro cúbico de exposición diaria.
- Qué se entiende por ‘valor límite’. El texto lo define como el límite de la media ponderada en el tiempo de la concentración de un agente cancerígeno, mutágeno o reprotóxico en el aire dentro de la zona de respiración de la persona trabajadora.
De esta manera, la exposición diaria al acrilonitrilo no podrá superar un miligramo por metro cúbico; la de los compuestos de níquel, 0,01 mg/m3; y la del benceno, 0,66 mg/m3.
Se incluyen componentes que causan infertilidad. Además, el real decreto contempla por primera vez sustancias que entorpecen la reproducción, pudiendo provocar infertilidad, abortos y malformaciones del feto. Entre estos componentes se incorpora el plomo y sus compuestos inorgánicos, uno de los agentes reprotóxicos más utilizados en el sector del reciclado o el de las pinturas.
- La exposición diaria al plomo y a sus compuestos inorgánicos no deberá ser superior a 0,15 miligramos por metro cúbico.