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Cuando un suplente no basta: 40 expedientes obligan a cambiar a todos los magistrados de la Sala Constitucional

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En la Sala Constitucional, un conflicto de interés individual suele resolverse con relativa facilidad: basta con convocar a un magistrado suplente para sustituir al propietario que se inhibe.

Esa salida permitiría destrabar 64 de los 123 expedientes que hoy permanecen paralizados, como consecuencia de la falta de suplencias derivada del bloqueo del oficialista Partido Pueblo Soberano (PPSO) en la Asamblea Legislativa a la elección de estos cargos.

Sin embargo, el mayor desafío para el tribunal no está en esos casos. El problema de fondo se concentra en otro grupo de expedientes en los que la solución es mucho más compleja: hay 40 asuntos en los que el pleno de magistrados propietarios decidió apartarse.

En este escenario, la ausencia de suplentes no solo retrasa las resoluciones, sino que, en la práctica, impide integrar la Sala para conocer los casos.

Entre ambos extremos aparece un tercer nivel de parálisis. Se trata de 19 expedientes en los que dos o más magistrados (pero no todos) también se inhibieron de manera simultánea, lo cual complica la integración del tribunal y ralentiza el avance de los procesos.

¿Qué tipo de asuntos obligan a la salida del pleno?

Una revisión de la descripción de los expedientes muestra que buena parte de estos casos gira en torno a dos frentes: demandas de ciudadanos contra la propia Sala Constitucional por retrasos en la resolución de procesos y acciones vinculadas con cuestionamientos a causas judiciales relacionadas con el expresidente de la República, Rodrigo Chaves.

El grueso de las inhibitorias del pleno −12 de los 40 expedientes− no responde a grandes debates constitucionales, sino a recursos presentados contra el propio tribunal. En estos casos, los magistrados figuran como parte demandada, lo que los coloca en una situación de juez y parte, y obliga a su inhibición.

Para resolver este bloque de asuntos, un suplente no basta. La Sala IV requiere ser sustituida en su totalidad mediante la integración de un tribunal compuesto exclusivamente por magistrados suplentes.

Muchos de estos recursos acusan directamente al tribunal de “mora judicial” y “retardo en la administración de justicia”. Entre los reclamos figuran denuncias de procesos suspendidos indefinidamente y alegatos de indefensión por la ausencia de resoluciones en plazos razonables.

En el nivel intermedio, donde no se apartó todo el pleno, en dos expedientes se inhibieron seis magistrados y en otros dos, cinco. Tres de estos casos están relacionados con acuerdos adoptados por la Corte Plena, mientras que uno cuestiona el sistema remunerativo y el auxilio de cesantía establecidos en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

El segundo bloque que dejó sin jueces titulares a la Sala Constitucional está compuesto por 10 expedientes vinculados directamente al exmandatario Chaves. De este grupo, ocho recursos de amparo idénticos se oponen a la decisión de la Corte Plena de trasladar a la Asamblea Legislativa una solicitud de levantamiento del fuero (inmunidad) al entonces gobernante.

A estos se suman un recurso adicional interpuesto contra la Fiscalía General, la Corte Plena y la Asamblea Legislativa por una presunta vulneración al derecho de defensa del expresidente y del ministro de Cultura, Jorge Rodríguez Vives, y una acción de inconstitucionalidad originada por las investigaciones que el Ministerio Público sigue en contra de Chaves.

Dos magistrados concentran inhibitorias

En cuanto a las inhibitorias individuales, los datos revelan que estas exclusiones no se dan de manera equitativa entre los siete magistrados propietarios de la Sala IV, sino que están acaparadas por miembros con patrones muy marcados.

El magistrado Paul Rueda lidera la lista con 36 salidas en solitario. Su inhabilitación masiva obedece casi exclusivamente a tres focos de conflicto: demandas de ciudadanos que exigen el retiro excepcional de su Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP); reclamos contra la operadora Vida Plena; y conflictividad por problemas de infraestructura o de carácter laboral contra la Municipalidad de La Unión.

El segundo en la lista es el magistrado Fernando Castillo, presidente del órgano constitucional, con 16 separaciones individuales.

Castillo es el juez que sistemáticamente se aparta de conocer los reclamos contra la plataforma de transporte Uber o la operación de otras empresas que también brindan este servicio. Además, mantiene una línea de separación frente a procedimientos administrativos y sanciones de la Contraloría General de la República (CGR).

La Sala Constitucional opera sin magistrados suplentes desde el 16 de diciembre, cuando vencieron los nombramientos de los últimos 12 jueces sustitutos. Desde entonces, se han venido acumulando asuntos sin resolver.

La Asamblea Legislativa no ha logrado alcanzar un acuerdo para completar las vacantes, pese a que la falta de suplencias compromete el funcionamiento ordinario del tribunal.

Bloqueo oficialista

Desde que asumió el gobierno de Laura Fernández, el bloqueo ha sido protagonizado por la fracción oficialista del Partido Pueblo Soberano (PPSO), que se ha negado a votar por los candidatos propuestos por la Corte Plena al Congreso.

Inicialmente, la lista estaba compuesta por 18 aspirantes, pero se redujo a 17 luego de que el Poder Ejecutivo nombró a uno de ellos, Christian Campos Monge, como integrante de la Junta Directiva del Banco de Costa Rica (BCR).

La falta de acuerdos ha generado un pulso institucional entre los poderes. El pasado 15 de julio, la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, resolvió devolver por segunda vez la nómina al Poder Judicial y solicitar el envío de una nueva lista ampliada, con 24 candidatos, dos por cada vacante.

Previamente, la Corte Suprema de Justicia había devuelto la lista original, luego de que el oficialismo aprobara una moción para regresarla a la Corte. Los magistrados argumentaron que no se habían justificado las objeciones a los nombres propuestos.

Mientras persiste el entrabamiento político, el riesgo para la Sala Constitucional crece. Sin magistrados suplentes, cualquier eventualidad que obligue a apartarse a uno de los magistrados propietarios −ya sea por enfermedad, recusación u otra causa− puede dejar al tribunal sin capacidad de integración y llevarlo, en la práctica, a un cierre técnico.