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Presidente deberá resolver choque entre Hacienda y Mideplán por salarios de altos jerarcas, señala Procuraduría

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La Procuraduría General de la República (PGR) declaró inadmisible una consulta planteada por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) sobre quién debe fijar los salarios de altos jerarcas del sector público, al concluir que se trata de un conflicto de competencias administrativas que no le corresponde resolver.

El pronunciamiento, contenido en el dictamen PGR-C-051-2026, responde a una consulta relacionada con la aplicación del artículo 37 de la Ley Marco de Empleo Público (LMEP), en torno a la fijación del salario global de cargos como:

  • El presidente, gerente y subgerente del Banco Central de Costa Rica (BCCR)
  • Los superintendentes e intendentes adscritos al BCCR
  • Los directores y subdirectores de los cuerpos policiales

Disputa entre instituciones del Poder Ejecutivo

Según el criterio de la Procuraduría, la consulta no se limita a una interpretación abstracta de la ley, sino que busca definir cómo debe ejercerse una competencia concreta sobre puestos específicos, lo cual excede la función consultiva del órgano.

La Secretaría de la Autoridad Presupuestaria sostiene que le corresponde establecer el salario de los cargos de gerente general y subgerente general del Banco Central de Costa Rica (BCCR) y de la Superintendencia de Pensiones, de Entidades Financieras, de Valores y de Seguros, que son órganos desconcentrados del BCCR.

En cambio, la STAP sostiene que no le corresponde valorar los sueldos del presidente del BCCR ni de los superintendentes e intendentes, pues no aparecen expresamente en la ley. Sin embargo, el Mideplán afirma que la Autoridad Presupuestaria sí debe fijar sus remuneraciones globales, según se desprende de la respuesta de la Procuraduría.

En cuanto a los jefes policiales, el conflicto es similar. Mientras Hacienda cree que los directores de la Fuerza Pública y otros cuerpos no son puestos de confianza y, por ende, no le corresponde fijar establecer sus salarios, el Mideplán defiende que sí lo son y que la Autoridad Presupuestaria tiene la potestad de establecer sus pagos.

Incluso, el Ministerio de Seguridad Pública intervino para señalar que considera que la competencia para establecer los salarios globales de los altos rangos policiales (directores y subdirectores) corresponde al Mideplán.

Ambas autoridades públicas se consideran incompetentes para valorar determinados puestos específicos, según el artículo 37 de la LMEP (...). Lo planteado es, en realidad, un conflicto de competencia entre la STAP y Mideplán”, dice la PGR.

La Procuraduría se declara incompetente

La Procuraduría recordó que, por ley, no puede resolver conflictos de competencia entre ministerios u órganos del Poder Ejecutivo, ya que esa atribución corresponde al presidente de la República, conforme a los artículos 71 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

En consecuencia, de persistir el conflicto será Rodrigo Chaves o, la presidenta electa, Laura Fernández, quienes zanjen la disputa.

“Desde esta perspectiva, la Procuraduría General no tiene competencia para emitir formalmente un dictamen vinculante, cuyo efecto inmediato y directo sea la resolución de un conflicto de competencias administrativas como el aquí descrito, ya que esa atribución el ordenamiento jurídico se la asigna al órgano supra indicado (Presidencia de la República)”, dice el criterio.

Por esa razón, el órgano consultivo rechazó entrar al fondo del asunto, denegó el trámite de la consulta y ordenó su archivo, indicando que, si persiste la divergencia, las instituciones involucradas deben acudir al procedimiento formal de resolución de conflictos administrativos previsto en la ley.

El dictamen no define, por tanto, quién debe fijar los salarios de los jerarcas del Banco Central ni de los altos mandos policiales, y deja esa decisión en el ámbito de coordinación y resolución política-administrativa dentro del Poder Ejecutivo.