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Los diputados se pronunciarán sobre si los militares deben cobrar por la cruz con distintivo rojo

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  1. Evacuación de Afganistán: condecoraciones tras la operación militar
  2. Distintivo rojo: méritos policiales y sus beneficios económicos
  3. Diferencias económicas entre Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad
  4. La propuesta de Vox: equiparación de los efectos económicos
  5. Guardia Civil: requisitos para la cruz con distintivo rojo

Evacuación de Afganistán: condecoraciones tras la operación militar

Tres meses después de la evacuación de Kabul por el regreso de los talibanes al poder, Margarita Robles presidió un acto de imposición de condecoraciones a los militares del Ejército de Tierra, del Ejército del Aire y del Cuerpo Militar de Sanidad que participaron en la operación.

Se impusieron 164 cruces del mérito militar y aeronáutico. Del total, 63 fueron cruces con distintivo blanco; 83, con distintivo azul; y 18, con distintivo rojo.

 

 

Distintivo rojo: méritos policiales y sus beneficios económicos

Meses antes, el Ministerio del Interior aprobó conceder la Medalla del Mérito Policial con distintivo rojo a los policías nacionales del Grupo Especial de Operaciones (GEO) y de las Unidades de Intervención Policial (UIP) que protegieron la embajada española en Kabul y que dieron seguridad a las tareas de evacuación.

Ese distintivo rojo no supone lo mismo para los miembros de las Fuerzas Armadas que para los de las Fuerzas de Seguridad. En el primer caso, el de los militares, no supone beneficios económicos, pero en el segundo, para los policías, sí.

Diferencias económicas entre Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad

Confidencial Digital ha consultado una proposición que se tendrá que debatir en el Congreso de los Diputados, y que pretende acabar con esa diferencia. El objetivo es que las cruces con distintivo rojo conlleven un premio salarial también para los militares.

Diputados de Vox en la cámara baja de las Cortes Generales han registrado una “Proposición no de Ley para la equiparación de los efectos económicos de la Cruz del Mérito Militar con distintivo rojo entre las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”, para su discusión en la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados.

Condecoración de militares por la evacuación de Afganistán (Foto: Ricardo Pérez / Ministerio de Defensa).

Los diputados de Vox denuncian que “existe una discriminación” en las Fuerzas Armadas con respecto a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado “en el sentido de que en estas últimas las cruces con distintivo rojo van acompañadas de una pensión equivalente, habitualmente, al 10 % de su salario, mientras que en las Fuerzas Armadas no generan ningún derecho económico permanente, salvo que concurran inutilidad permanente, indemnización por lesiones o pensiones extraordinarias por acto de servicio”.

La propuesta de Vox: equiparación de los efectos económicos

La Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales regula la Medalla al Mérito Policial, en sus distintos grados: Medalla de Oro, Medalla de Plata y Cruz con distintivo rojo o con distintivo blanco.

Las medallas de oro y de plata exigen resultar muerto, con mutilaciones o heridas graves, “dirigir o realizar algún servicio de trascendental importancia", que redunde en prestigio de la Corporación, poniendo de manifiesto excepcionales cualidades de patriotismo, lealtad o abnegación”, o requisitos similares.

El tercer grado de la condecoración es la Cruz al Mérito Policial con distintivo rojo, para la que se exige alguna de las siguientes circunstancias:

a) Resultar herido en acto de servicio o con ocasión de él, sin menoscabo del honor, ni por imprudencia, impericia o accidente.

b) Participar en tres o más servicios, en los que, mediando agresión de armas, concurran las circunstancias del apartado anterior, aunque no resultara herido el funcionario.

c) Realizar, en circunstancias de peligro para su persona, un hecho abnegado o que ponga de manifiesto un alto valor en el funcionario, con prestigio para la Corporación o utilidad para el servicio.

d) Observar una conducta que, sin llenar plenamente las condiciones exigidas para la concesión de la Medalla al Mérito Policial, merezca especial recompensa, en consideración a hechos distinguidos y extraordinarios en los que haya quedado patente un riesgo o peligro personal.

 

 

La misma ley, que sigue en vigor aunque se aprobó durante la dictadura, establece que la Cruz con distintivo blanco no, pero las demás “llevarán siempre anejas las pensiones que se indican, proporcionales al sueldo del empleo que disfrute el funcionario en el momento de su concesión, o del que vaya alcanzando en lo sucesivo”.

La Medalla de Oro se recompensa con una pensión añadida del 20% del sueldo. Por la Medalla de Plata se incrementa en un 15%, y por la Cruz al Mérito Policial con distintivo rojo, un 10%.

Por eso cuando se concedieron las cruces al Mérito Policial con distintivo rojo a los policías de la evacuación de Kabul se destacó que esas distinciones conllevaban una pensión vitalicia equivalente al 10% del sueldo base.

No sucede de igual forma en las Fuerzas Armadas. En su caso el texto de referencia es el Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares.

Las condecoraciones militares son, por orden de importancia, la Cruz Laureada de San Fernando; la Medalla Militar; la Cruz de Guerra; la Medalla del Ejército, Medalla Naval y Medalla Aérea; las cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivos rojo, azul, amarillo y blanco; la citación como distinguido en la Orden General; y la mención honorífica.

La Laureada de San Fernando, la Medalls Militar Individual, la Cruz de Guerra y las medallas del Ejército, Naval y Aérea sí implican una ventaja económica: una pensión vitalicia, que según la relevancia de la condecoración supone un porcentaje añadido al sueldo.

No ocurre así con las cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivos rojo, azul, amarillo y blanco. En ningún caso comportan un beneficio económico al militar condecorado: tampoco las cruces con distintivo rojo.

La cruz al Mérito Militar con distintivo rojo

La cruz del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivo rojo, se concede a “aquellas personas que, con valor, hayan realizado acciones, hechos o servicios eficaces en el transcurso de un conflicto armado o de operaciones militares que impliquen o puedan implicar el uso de fuerza armada, y que conlleven unas dotes militares o de mando significativas”.

También pueden ser concedidas estas cruces del mérito, con distintivo rojo, a las personas que fallezcan en acto de servicio en misiones en el exterior, como consecuencia de acciones violentas de elementos hostiles.

La concesión se fundamenta en las siguientes acciones, hechos o servicios:

a) Los que, acreditando valor, pongan de manifiesto, según los casos y conforme se define en el artículo anterior, dotes significadas de mando, serenidad o iniciativa frente a fuerzas hostiles o que traten de impedir el cumplimiento de la misión encomendada.

b) Los que impliquen, de acuerdo con el artículo anterior, acreditando valor, una acertada dirección o empleo de las fuerzas propias en el desarrollo de la operación armada, así como el inteligente y eficaz cumplimiento de la misión encomendada.

c) El fallecimiento en acto de servicio participando en misiones en el exterior como consecuencia de acciones violentas de elementos hostiles, tales como atentados con explosivos, minas o supuestos análogos.

La máxima condecoración que se conceden a militares en las últimas décadas es la cruz al Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo rojo, y no superiores.

Condecoración de militares por la evacuación de Afganistán (Foto: Ricardo Pérez / Ministerio de Defensa).

Además del honor, el orgullo, por el reconocimiento en sí, esas cruces con distintivo rojo en las Fuerzas Armadas generan dos derechos:

1. Dentro de las evaluaciones que se realicen al personal militar, así como para el acceso a la enseñanza militar, tendrá la consideración de mérito destacado estar en posesión de alguna de estas recompensas.

2. Los militares premiados con estas recompensas tendrán, además, la calificación de «valor reconocido» en su hoja de servicios.

Pero no suponen ventajas económicas para los militares, y eso es lo que Vox propone cambiar.

Argumentos históricos y cultura de honor

“En el origen histórico de las recompensas militares, estas nacen como honoríficas y no se conciben como salario diferido sino como un reconocimiento moral y profesional. La lógica era «el militar ya asume el riesgo como parte estructural de su profesión», y se premiaba el valor, pero no se retribuía (salvo casos muy concretos)”, argumenta el partido de Santiago Abascal en la propuesta registrada en el Congreso de los Diputados.

Para Vox, esos argumentos de reconocimiento moral y profesional “eran válidos en otros tiempos”, pero “hoy no se sustentan para la discriminación en cuestión de pensiones, debido a las misiones internacionales y el empleo real de la fuerza por las Fuerzas Armadas”.

Los diputados que han presentado la proposición no de ley, entre ellos el general de división del Ejército de Tierra retirado Alberto Asarta, señalan que “resulta más fácil justificar políticamente una pensión a un policía o guardia civil que a un militar en combate exterior, debido a que, mediáticamente, sus acciones son más visibles por ser más cercanas a los ciudadanos, mientras que las acciones de valor de los militares se producen normalmente en el exterior de nuestras fronteras, en entornos de seguridad clasificados o políticamente incómodos. Todo ello ha llevado a evitar privilegios económicos ligados al mérito militar, reforzando el carácter honorífico de las recompensas militares.”

Consideran que “es el momento de corregir esta desigualdad que se ha perpetuado en el tiempo”.

Pretenden que el Congreso de los Diputados -probablemente la Comisión de Defensa- vote y apruebe una proposición no de ley por la que “el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a introducir las modificaciones necesarias en el Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares, con el fin de que sean aplicados en las Fuerzas Armadas los mismos beneficios económicos que en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para reconocer las recompensas con distintivo rojo”.

Defienden que el cambio no supondría un coste significativo para las arcas públicas, “pues son muy pocas las Cruces rojas concedidas y su concesión es extremadamente «selectiva y restrictiva»”.

Vox subraya que “no se trata de convertir el valor en incentivo económico, erosionando el sentido del honor, algo que no encaja con la cultura militar, sino de un reconocimiento institucional por riesgo y valor excepcionales, similar al de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No hacerlo transmite un mensaje equívoco y es el de que, según el uniforme, «el valor no vale lo mismo» porque una sociedad que reconoce con equidad a quienes la sirven en las circunstancias más difíciles es una sociedad más justa, y más agradecida”.

Condecoración de militares por la evacuación de Afganistán (Foto: Ricardo Pérez / Ministerio de Defensa).

Además, sugiere introducir “las reformas razonables y necesarias en el Reglamento de Recompensas Militares para que se reconozcan los hechos de «valor acreditado», no bastando para ello el estar en una situación de «riesgo» sino, también, que se haya actuado con «iniciativa, serenidad y mando eficaz», «bajo amenaza real», en el cumplimiento de la misión”.

Presión para la reforma del Reglamento Militar

En caso de que la proposición se apruebe, no supondrá de forma automática la modificación del Reglamento de Recompensas Militares.

Será una medida de presión para que el Gobierno, concretamente el Ministerio de Defensa, pongan en marcha la actualización de ese reglamento para que las cruces al Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo rojo sí supongan beneficio económico para los condecorados, de forma similar a lo que pasa en la Policía Nacional.

Hay que tener en cuenta que hace más de diez años el Ministerio de Defensa, entonces dirigido por Pedro Morenés, rechazó precisamente esta medida: dotar de mejora económica la concesión de cruces con distintivo rojo.

Guardia Civil: requisitos para la cruz con distintivo rojo

También la Guardia Civil paga una pensión añadida del 15% del sueldo a quienes reciben la cruz del Mérito de la Guardia Civil con distintivo rojo.

Aunque hay que tener en cuenta que las condecoraciones con distintivo rojo en las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y la Guardia Civil no reconocen exactamente el mismo tipo de méritos.

En la Guardia Civil, para conceder la cruz con distintivo rojo es necesario que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) En el transcurso de un servicio de manifiesta importancia que comprenda un ineludible riesgo de perder la vida, ejecutar para su cumplimiento acciones claramente demostrativas de extraordinario valor personal, iniciativa y serenidad ante el peligro.

b) En acto de servicio o con ocasión de él, resultar muerto o con lesiones que provoquen la inutilidad permanente para el servicio sin menoscabo del honor, al afrontar un peligro manifiesto contra la propia vida.