El TS pide cambiar el delito de abandono para incluir a personas con discapacidad física
El Tribunal Supremo ha pedido al Gobierno reformular el Código Penal para que el delito de abandono incluya como víctimas a las personas con discapacidad física, pues actualmente solo se castiga en este tipo penal el abandono de menores y de personas con discapacidad mental o intelectual.
El alto tribunal ha activado el mecanismo contemplado en el artículo 4.2 del Código Penal para reclamar al Ejecutivo un cambio legislativo, al entender que la fórmula empleada respecto a la discapacidad en delitos como el del abandono genera una "injustificada discriminación" al excluir a personas "con graves discapacidades físicas invalidantes".
El Supremo activa este mecanismo en una sentencia que estima el recurso de una mujer que fue condenada a dos años de cárcel en Bilbao por abandonar a un anciano que tenía varias enfermedades que le hacían "vulnerable y dependiente" y a quien había llevado a su domicilio y acordado cuidar a cambio de que él le ayudara con su pensión.
El alto tribunal estima el recurso y absuelve a la mujer, al considerar que no debió ser condenada en aplicación del artículo 229 del Código Penal, que castiga el abandono de una "persona con discapacidad necesitada de especial protección".
Según otro artículo del Código Penal, el 25.2, dicha especial protección se aplica a las personas que requieran de asistencia para tomar decisiones respecto a su persona, derechos o intereses "a causa de sus deficiencias intelectuales o mentales de carácter permanente".
