Condenado a 11 años de prisión por agresión sexual a una menor de 14 con discapacidad a la que conoció por Instagram
0
La Audiencia de Valladolid ha impuesto una condena de once años de prisión a un varón por delito de agresión sexual continuada con penetración a menor de 16 años, tanto en el domicilio del encausado como también en el de ella, a la que conoció por Instagram cuando tenía 11 años y con la que mantuvo relaciones sexuales consentidas por ella cuando contaba ya con 14 años. En su sentencia, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia vallisoletana, amén de los once años de privación de libertad, impone al agresor sexual la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima su domicilio y lugar de estudios y comunicar con ella por cualquier medio durante doce años; inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por un periodo de dieciséis años; ocho años de libertad vigilada, para su cumplimiento después de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta, así como el pago en favor de la menor de una indemnización de 15.000 euros por los daños ocasionados y al SACYL con otros 101,41 euros por los gastos de asistencia dispensados, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Ep. En la sentencia dictada por la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid se considera probado que la víctima, de 11 años, y su agresor sexual entablaron contacto en 2021 a través de Instagram, sin que conste que inicialmente se dijeran sus respectivas edades, hasta que en septiembre de 2023 se conocieron en persona. En esa cita, el ahora condenado acompañó a la menor hasta la puerta de su centro escolar en Valladolid, momento en el que el primero advirtió que tenía menos de 16 años y la dio un beso cuando se despidieron. En fecha no concretada de noviembre de 2023, sobre las 19.00 horas, ambos quedaron y el acusado, ya consciente de la edad de la menor, besó a la niña y le acarició los glúteos y los pechos por debajo de la ropa con el consentimiento de ella, proponiéndola mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó por darle vergüenza hacerlo en público. Ambos siguieron manteniendo contacto por Whatsapp e Instagram. En fecha no concretada de marzo de 2024, cuando ella tenía ya 14 años, a petición del encausado se citaron en el domicilio de él y una vez allí, con el consentimiento de la menor, la penetró varonilmente, sin preservativo. Con esta relación la menor perdió su virginidad. En fecha no concretada, unas semanas más tarde, de nuevo en el salón del domicilio del procesado, ambos volvieron a tener relaciones sexuales, igualmente consentidas. En esta segunda ocasión, el condenado penetró a la menor no sólo vaginal sino también oral y analmente, sin preservativo. No fue hasta el 27 de abril de 2024 cuando se produjo un nuevo encuentro, en esta ocasión en casa de la víctima, donde ambos volvieron a mantener relaciones sexuales, de idéntico tener que en la cita anterior. La menor, que padece una minusvalía del 47 por ciento, no encontraba placenteras las relaciones sexuales, pero las aceptó para no perder la amistad del procesado. Los hechos, considera igualmente probado el fallo, han repercutido negativamente en la problemática psicología que venía sufriendo la menor con anterioridad a que los mismos se produjeran. Frente a la petición absolutoria de la defensa, Fiscalía de Valladolid había solicitado, por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal con menor de 16 años, una pena de 15 años de prisión, prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, su domicilio y lugar de estudios y comunicar con ella por cualquier medio durante 17 años, y libertad vigilada posterior al cumplimiento de la pena privativa de libertad por 8 años, junto con inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por tiempo de 20 años, además del pago de una indemnización de 60.000 euros en favor de la agredida por las secuelas y al SACYL, en 101,41 euros. La acusación particular, por su parte, pidió 20 años por delito continuado de agresión sexual con acceso carnal con menor de 16 años del la pena de 20 años de prisión y por un delito de coacciones, otros nueve meses de prisión y las correspondientes medidas de seguridad, junto con las responsabilidades civiles oportunas, coincidentes con las solicitadas por la acusación pública.
