Conductores reincidentes que circulen con dos personas en moto podrían perder su licencia y ser multados con el doble del monto original, según MTC
La norma que prohíbe a dos personas adultas circular en una misma moto en zonas declaradas en estado de emergencia ya se encuentra en plena etapa de fiscalización. La medida forma parte de una modificación al Reglamento Nacional de Tránsito y se aplica en Lima Metropolitana y el Callao, bajo supervisión de la Policía Nacional del Perú (PNP).
La disposición fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 002-2026-MTC y entró en vigencia a mediados de enero. Tras una fase inicial de difusión y sensibilización, las autoridades iniciaron la imposición de sanciones económicas y administrativas, las cuales se incrementan en caso de reincidencia, incluyendo la posible suspensión de la licencia de conducir.
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Dos personas en una moto será calificada como una falta 'muy grave'
La normativa señala que circular con dos personas adultas a bordo de una moto constituye una infracción muy grave cuando se comete dentro de zonas bajo estado de emergencia. Esta falta está tipificada como M-41 y se aplica a vehículos menores de las categorías L1 y L3, según el Reglamento Nacional de Tránsito actualizado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
En una primera intervención, el conductor sancionado debe pagar una multa de S/ 660, equivalente al 12 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente en 2026, equivalente a S/5.500. Además, se le asignan 50 puntos en su récord de conductor. Si la falta se repite, la sanción económica se eleva a S/ 1.320, se suman 60 puntos adicionales y se activa la posibilidad de suspensión de la licencia por acumulación de puntaje.
La PNP precisó que la papeleta se impone al conductor intervenido, aunque el propietario del vehículo también asume responsabilidad solidaria. La aplicación de estas sanciones se mantiene mientras esté vigente el estado de emergencia decretado por el Ejecutivo.
Operativos continuarán en las calles de Lima y Callao
El Decreto Supremo N.° 002-2026-MTC establece que la fiscalización corresponde a la Policía de Tránsito, la cual despliega operativos permanentes e inopinados en distintos puntos de Lima norte, sur, centro y este. Las intervenciones se realizan en diversos horarios y forman parte de un esquema descentralizado de control vial.
La norma no contempla excepciones explícitas para adultos que se desplacen juntos en una moto. No obstante, la PNP ha señalado que evalúa casos puntuales bajo criterios operativos, como el traslado de menores de edad debidamente identificados, siempre dentro del marco del reglamento vigente.
Asimismo, se ha precisado que la mayoría de motos eléctricas no se encuentra comprendida en esta prohibición debido a su clasificación técnica, aunque siguen sujetas a verificación durante los controles. Los operativos continuarán desarrollándose mientras dure la medida excepcional, con el objetivo de reforzar el cumplimiento de las disposiciones de tránsito establecidas.
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