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Ingreso Mínimo Vital 2026: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo paso a paso

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social creada en 2020 para garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas en situación de vulnerabilidad económica. Supuso la implantación, por primera vez, de una red estatal de protección dirigida a los hogares con menos recursos. Concretamente, tiene el objetivo de "prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas", aseguran desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Cuantía de la prestación

El Gobierno aprobó hace una semana que el IMV se revalorizará un 11,4% en 2026. De esta forma, la cuantía para las unidades no monopartentales quedarían así para el próximo ejercicio:

  • Un adulto: 733,91 euros.
  • Un adulto y un menor: 954,10 euros.
  • Un adulto y dos menores: 1.174,27 euros.
  • Un adulto y tres menores: 1.394,45 euros.
  • Un adulto y más de tres menores: 1.614,62 euros.
  • Dos adultos: 954,10 euros.
  • Dos adultos y un menor: 1.174,27 euros.
  • Dos adultos y dos menores: 1.394,45 euros.
  • Dos adultos y más de dos menores: 1.614,62 euros.
  • Tres adultos: 1.174,27 euros.
  • Tres adultos y un menor: 1.394,45 euros.
  • Tres adultos y más de dos menores: 1.614,62 euros.
  • Cuatro adultos: 1.394,45 euros.
  • Cuatro adultos y un menor: 1.614,62 euros.
  • Otros: 1.614,62 euros.

En el caso de las unidades monopartentales, esta subida del 11,4% quedará de la siguiente forma:

  • Un adulto y un menor: 1.115,56 euros.
  • Un adulto y dos menores: 1.335,73 euros.
  • Un adulto y tres menores: 1.555,91 euros.
  • Un adulto y cuatro o más menores: 1.776,08 euros.

Requisitos para solicitar el IMV

Para poder ser beneficiario del IMV, el Ministerio requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos tanto en el momento de la presentación de la solicitud como de sus revisiones. Estos son:

  • Tener residencia en España: los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. No se exigirá el plazo de un año a los menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, reagrupación familiar de hijos e hijas, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente; las personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual; y las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica: para determinar la situación de vulnerabilidad económica se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. Computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas.

¿Cómo se puede solicitar?

El Ingreso Mínimo Vital puede solicitarse de forma online a través de dos vías. Si la persona dispone de certificado electrónico o sistema Cl@ve, puede presentar la solicitud directamente en la sede electrónica de la Seguridad Social, incluso con la ayuda de un representante autorizado. Quienes no cuenten con certificado digital también pueden tramitarlo mediante el servicio habilitado por el INSS para solicitudes sin certificado, donde deberán aportar sus datos personales, una dirección de correo válida, una foto para verificar la identidad y las imágenes del DNI o NIE, además de la documentación necesaria para resolver la solicitud.

Antes de iniciar el trámite, es recomendable revisar la documentación requerida: identificación (DNI o NIE), acreditación de residencia legal, certificado de empadronamiento y documentos que prueben la unidad de convivencia, como el libro de familia o certificados de nacimiento. Una vez enviada la solicitud, es posible consultar su estado, acceder al borrador y realizar gestiones adicionales. Además, la Seguridad Social ofrece un simulador para comprobar si se cumplen los requisitos y un servicio de atención a través del teléfono gratuito 900 20 22 22 o del asistente virtual ISSA.