Fernando Rospigliosi pide archivar denuncia al JEE por uso de cámara del Congreso en mitin de Fuerza Popular
El presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, solicitó al JEE de Pacasmayo archivar la denuncia en su contra por presunta vulneración al principio de neutralidad electoral. El procedimiento se abrió tras revelarse que una cámara inventariada del Congreso fue utilizada para registrar un mitin partidario de Fuerza Popular el pasado 30 de octubre, donde Keiko Fujimori anunció su precandidatura presidencial rumbo a las elecciones 2026.
En su documento de descargo, Rospigliosi sostuvo que no existe evidencia que lo vincule de forma directa con el hecho. Argumentó que no ordenó, autorizó ni participó en el uso del equipo audiovisual y que, por tanto, no cometió ningún “acto” de favorecimiento a una organización política. Según dijo, la infracción que se le atribuye “carece de fundamento jurídico y probatorio”.
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El legislador y exministro de Defensa también señaló que el reglamento del Congreso no lo convierte en responsable operativo de los bienes institucionales. Afirmó que la Oficialía Mayor es la encargada del control y supervisión de los equipos, por lo que no puede atribuírsele una “omisión de vigilancia” como si fuera un acto de apoyo a un partido.
Asimismo, informó que, de manera interna, ya se ha iniciado un proceso disciplinario contra los servidores implicados en el uso indebido de la cámara institucional. “El procedimiento debe ser archivado por carecer de fundamento”, concluyó el parlamentario en el documento remitido al JEE.
Rospigliosi niega responsabilidad y acusa una interpretación errónea del reglamento
En su defensa, Fernando Rospigliosi explicó que el tipo infractor citado por el JEE —del reglamento sobre propaganda electoral y neutralidad— solo sanciona a quien “practica actos” que beneficien a una agrupación política. Por ello, argumentó que una falta de supervisión no constituye una infracción, ya que no se trata de una acción voluntaria ni de una manifestación a favor de Fuerza Popular.
El presidente del Parlamento también invocó el artículo 33 del reglamento, que establece que una infracción a la neutralidad solo se configura si el acto ocurre durante una actividad oficial o si la autoridad usa su cargo para influir en el voto. En este caso —señaló— el evento fue un acto partidario fuera de sede y sin participación suya ni del Legislativo.
Rospigliosi insistió en que no se puede extender la figura legal de responsabilidad para sancionarlo por el simple hecho de ocupar la Presidencia del Congreso. “No existe prueba de orden, autorización o conocimiento. La imputación se sustenta en una suposición y no en hechos acreditados”, sostuvo. El JEE deberá evaluar ahora si archiva el expediente o continúa con el proceso administrativo.
