La pugna entre Cabify y Gran Canaria por 200 licencias denegadas sigue viva en el Supremo, pero las reglas han cambiado
El alto tribunal examinará la validez de la regla autonómica del 1/30 (una licencia VTC por cada 30 de taxi) que usó la administración para rechazar la solicitud de la plataforma, aunque el Parlamento regional ya ha eliminado ese criterio con un cambio legislativo
El Tribunal Supremo revisará la sentencia que autorizó diez licencias de VTC en Gran Canaria
El Tribunal Supremo mantiene viva la discusión jurídica que libran desde hace más de dos años el Cabildo de Gran Canaria y varias empresas de transporte público de viajeros en vehículos con conductor (VTC), entre ellas filiales de plataformas como Cabify, por las autorizaciones denegadas en aplicación de una regla, la 1/30 (una licencia VTC por cada 30 de taxi), que operaba hasta este mismo verano en la ley autonómica de transporte terrestre.
La Sala de lo Contencioso del alto tribunal dictó el 24 de septiembre un auto que admite a trámite el recurso presentado por los servicios jurídicos del Cabildo contra una sentencia que había dado la razón a la empresa Senza 2020, vinculada con Cabify, y había anulado la resolución que le denegó 200 autorizaciones al entender que ese límite de la ley canaria no estaba suficientemente justificado y contradecía la doctrina de la justicia europea.
El Supremo mantiene abierto el debate, al entender que existe un interés para la formación de jurisprudencia. La pregunta que deberá resolver el alto tribunal es si está justificada la aplicación de la regla 1/30 por la singularidad del territorio canario, alejado del continente y fragmentado, y por razones medioambientales y de capacidad de carga.
Según datos facilitados por el Cabildo de Gran Canaria, en la actualidad hay 102 autorizaciones de VTC en la isla (de empresas locales, no de grandes plataformas como Uber o Cabify, que aún no han aterrizado en la isla) y 2.656 licencias de taxi.
Lo peculiar del caso es que el pasado 23 de julio, dos meses antes del último auto del Supremo, el Parlamento canario eliminó la regla objeto de discrepancia al aprobar una modificación de la ley autonómica de transporte terrestre. La concesión de licencias VTC ya no estará sujeta al criterio 1/30, sino a cuestiones “de interés general” como las medioambientales, la gestión del transporte, del tráfico, del espacio público o la capacidad de carga. Criterios que deberán ser desarrollados a través de un reglamento.
Además, se ha prorrogado otro año la moratoria para nuevas autorizaciones, de manera que no podrán concederse más al menos hasta agosto de 2026.
El recorrido judicial
El Cabildo de Gran Canaria señala que en la actualidad hay nueve procedimientos judiciales contra la denegación de más de 3.000 licencias VTC en 2023. Al menos dos de ellos han llegado ya al Supremo. El primero, en junio de este año, instado por una empresa local que había solicitado diez autorizaciones. El segundo, en septiembre, promovido por Senza 2020, empresa participada al 100% por Mobility Excellence, filial de Cabify España.
Para denegar esas autorizaciones, el Cabildo de Gran Canaria se basó en el artículo 79 quinquies de la ley de transporte terrestre de Canarias, que hasta este mismo verano incluía la regla 1/30, también presente en la norma estatal sobre la materia. La limitación se justificaba por la singularidad de Canarias como región ultraperiférica y por la necesidad de proteger el territorio insular y la ordenación del transporte. En estos procesos se ha puesto de relieve que las Islas cuentan con 146 espacios naturales protegidos que en su conjunto constituyen aproximadamente el 40% de la superficie del Archipiélago.
En primera instancia, los juzgados de lo contencioso-administrativo estimaron las demandas de las empresas. Sostenían que la limitación 1/30 no estaba justificada de forma suficiente y su aplicación automática, sin examinar los requisitos materiales de las solicitudes, era contraria a la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios de la Unión Europea. Para ello, se basaban en la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que anuló en junio de 2023 esa misma regla, pero en la normativa estatal.
En el procedimiento sobre la filial de Cabify, tanto el Cabildo de Gran Canaria como la Secretaría General Técnica de Obras Públicas y Transporte del Gobierno de Canarias y la Federación Regional de Taxis de Canarias (FEDETAX) presentaron recursos ante el TSJC. El alto tribunal canario los desestimó. La Sala no discutía que la comunidad autónoma tiene competencia exclusiva en materia de transporte terrestre, pero consideraba “inaceptable parapetarse tras la norma autonómica para incumplir el derecho europeo”.
“La condición de región ultraperiférica de Canarias no puede suponer un cheque en blanco para justificar sin más la limitación cuantitativa existente en la normativa autonómica en materia de transporte terrestre, a no ser que se desconozca palmariamente la jurisprudencia del Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, sentenciaba el TSJC.
Tras esos dos primeros varapalos, el Cabildo de Gran Canaria decidió ir un paso más allá y trasladar el debate al Supremo a través de un recurso de casación para la formación de jurisprudencia que ha tenido acogida. La corporación insular sostiene que la resolución judicial impugnada (del TSJC) “confunde la ley estatal analizada en la sentencia del TJUE de 8 de junio de 2023 con la ley autonómica que toma en consideración las peculiaridades de Canarias (lejanía, fragmentación, insularidad…) al tiempo de regular la proporción de licencias de VTC que deben existir respecto de las licencias de autotaxi”.
Los servicios jurídicos del Cabildo de Gran Canaria defienden que no es posible trasladar los efectos de la sentencia europea sobre la norma estatal (la anulación de la aplicación automática de la regla 1/30 para limitar la concesión de licencias VTC) a la canaria sin plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE o un recurso de inconstitucionalidad.
El Supremo ha admitido a trámite este recurso y deberá pronunciarse en este debate jurídico. ¿La doctrina europea deja sin efecto el artículo de la ley canaria sobre la regla 1/30 sin necesidad de plantear esa cuestión prejudicial o, por el contrario, esa previsión está suficientemente justificada en la norma autonómica dada la singularidad del Archipiélago y las razones esgrimidas por el legislador para establecer esa limitación?
Los efectos de la reforma
Bajo los principios que rigen el derecho administrativo, el Supremo examinará la validez del acuerdo adoptado por el Cabildo de Gran Canaria (la denegación de las licencias VTC) según la normativa vigente en aquel momento. Es decir, con los criterios que fijaba en 2023 la ley autonómica de transporte terrestre, no con los de la reforma de este año. Esa modificación normativa no convierte de forma automática en válidos o inválidos los actos anteriores.
Salvo que alguna de las partes desista y de que, por tanto, se pierda el interés del procedimiento, el Supremo resolverá sobre el fondo. Una resolución favorable al Cabildo de Gran Canaria confirmaría la denegación de las licencias y, por tanto, zanjaría el asunto de forma definitiva.
Sin embargo, un fallo favorable a las empresas no implicaría la concesión automática de las licencias. La corporación insular tendría que retrotraer el expediente, anular la resolución denegatoria y dictar una nueva. La ley obliga a ejecutar las sentencias en sus debidos términos. Es decir, en ese caso el Cabildo tendría que resolver la solicitud de la empresa de VTC sin aplicar la regla 1/30 y en esta fase se tendría que determinar en función de qué criterios.
El artículo 105 de la Ley Contencioso-Administrativa contiene una previsión en caso de que se determine la imposibilidad “material o legal” de ejecutar una sentencia de forma plena. En ese supuesto, el juez o tribunal deberá adoptar “las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de la ejecutoria, fijando en su caso la indemnización que proceda”.
En cualquier caso, no es el debate que está ahora sobre la mesa. Desde la Dirección General de Transportes del Cabildo de Gran Canaria inciden en que en la actualidad hay una moratoria en la concesión de licencias y que cuando esta acabe, además de la posibilidad de que vuelva a ser prorrogada, habrá que ver si esos procedimientos judiciales ya han finalizado o si el Gobierno de Canarias ha desarrollado a través de un reglamento los “criterios justificados” para limitar la concesión de licencias VTC.