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Cómo resolver el problema de las indispensables pruebas de paternidad

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La Ley de Paternidad Responsable ha sido uno de los mayores avances en materia de defensa del derecho de toda persona a saber quién es su padre. Además, como lo dice su nombre, busca que los progenitores asuman su responsabilidad y, con eso, garantizarle al menor el cumplimiento de las obligaciones parentales económicas e, idealmente, socioafectivas.

Antes de la ley, un menor representado por su madre debía pasar por un largo proceso judicial para que se declarara la paternidad y era a partir de ese momento cuando al progenitor se le podía exigir que honrara sus obligaciones.

De una forma visionaria, esta ley le dio vuelta al principio de determinación de la paternidad en beneficio del menor. Basta con la palabra de la madre respecto a quién es el progenitor del o la recién nacida, para que al señalado se le otorguen 10 días para impugnarlo mediante un examen de ADN realizado por la CCSS, prueba que finalmente confirmará o denegará su paternidad.

Al momento de aprobarse dicha legislación de avanzada, impulsada por una excelente profesional como lo fue la licenciada Tatiana Soto (ya fallecida), hubo que enfrentar los ataques de quienes decían que las madres abusarían de su derecho para obtener un beneficio económico, aunque fuera temporal.

Las últimas cifras demuestran que el abuso ha sido insignificante y no queda impune, pues puede la causante se expone a enfrentar un proceso de responsabilidad civil por daños y perjuicios, lo que demuestra que hay protección para el hombre señalado injustamente. Aquí todos se benefician y, para ello, se requiere el estudio en el menor tiempo posible.

En días recientes, trascendió que la falta de financiamiento para el laboratorio encargado hacer de las pruebas de paternidad pone en riesgo el derecho de los menores de edad a saber quién es su progenitor y a que este asuma su manutención. Ahora sí podría facilitarse el abuso de este derecho en perjuicio de los padres señalados injustamente.

Una solución sería modificar el artículo de la ley que indica dónde se hacen los exámenes, para permitir –previa acreditación, certificación y supervisión– que entes privados realicen la prueba, y que los pocos recursos asignados a la Caja queden para quienes no puedan pagar el examen. Como abogada, defiendo el derecho de los menores, pero también lucho contra el abuso que se le puede dar a una excelente ley.

nmarin@alvarezymarin.com

Nuria Marín Raventós es politóloga.