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¿Puede ir a la cárcel un deudor de pensión alimenticia si se fue del Perú? Esto dicen los expertos tras condena del PJ

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El Poder Judicial dictó dos años de prisión efectiva contra Alejandro Oscco Velásquez, acusado de omisión a la asistencia familiar en perjuicio de sus tres hijos menores. De acuerdo con la investigación, el sentenciado acumuló una deuda de S/ 8.635 por pensiones alimenticias que dejó de abonar entre el 7 de junio de 2023 y el 28 de abril de 2024. Además, deberá pagar S/ 9.498 por concepto de reparación civil.

El Juzgado de Paz Letrado de Rodríguez de Mendoza notificó al imputado para que cumpla con su obligación, pero este hizo caso omiso a la disposición judicial. Actualmente, Oscco reside en Chile, por lo que se ordenó su ubicación y captura. No obstante, existen desafíos legales, como la necesidad de una extradición hacia Perú para que cumpla su condena. La República se contactó con abogados penalistas y civiles, que explican cómo se procede si un deudor de pensión alimentaria vive en el extranjero.

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¿Qué pasa si el padre de mi hijo se fue de Perú?

El delito de omisión a la asistencia familiar se refiere a cuando una persona no cumple con la manutención de sus hijos pese a un mandato judicial. En estos casos, la ley peruana contempla sanciones que pueden llegar a prisión efectiva, incluso si el deudor no está en el país.

El abogado y profesor de Derecho Penal de la Universidad San Martín de Porres (USMP), Ciro Cancho, explica que pese a que un imputado radique fuera del Perú, sí es posible dictar una condena en su contra, siempre que haya tenido participación en el juicio: ''Sin la presencia del imputado no se puede llevar a cabo un juicio oral ni tampoco se puede condenar, de acuerdo al artículo 139.12 de la Constitución''.

Respecto a la orden de captura en otros países, Cancho precisó que, sin una normativa que permita ejecutar la condena peruana en su territorio, ''se tendría que iniciar un proceso de extradición, de acuerdo al artículo 525 del Código Procesal Penal''. De acuerdo con el experto, el requisito es que el delito tenga por lo menos dos años de pena privativa de libertad. No obstante, señala: '' el trámite es un tanto engorroso, y es poco probable que se le de prioridad. Interpol normalmente no actúa frente a estos delitos''.

El penalista también diferenció los efectos de la sanción civil frente a la penal: ''La responsabilidad civil es independiente de la responsabilidad penal. La primera busca el pago de la deuda, mientras que la segunda, como en este caso, se traduce en prisión. Es raro que se imponga una pena privativa de libertad efectiva por dos años, normalmente se da reserva de fallo condenatorio o pena suspendida'', sostuvo.

Sobre la posibilidad de que el condenado logre disminuir su pena pagando la deuda, el especialista indicó: ''La reparación civil no disminuye la pena, salvo que se haya hecho valer anteriormente como una circunstancia atenuante, de acuerdo al artículo 46 del Código Penal. El hecho de pagar después no borra la condena, aunque sí podría ayudar a que salga antes si ya estuviera en prisión''

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¿Qué hacer si se agota la vía civil?

Por su parte, la abogada experta en derecho de familia, Cynthia Silva, indica que el incumplimiento de la pensión no solo es un tema legal, sino que afecta la vida de los menores. ''La falta de pago expone a los hijos a riesgos incluso vinculados a la supervivencia, la salud y la educación. Son gastos cotidianos que no pueden dejar de cubrirse porque son necesidades de subsistencia'', explicó.

La especialista resaltó que la vía penal genera mayor presión para el cumplimiento de estas obligaciones. ''En un país donde prima la informalidad, la vía civil no es suficiente ni eficaz, porque muchos ingresos no son declarados. En cambio, la sanción penal y la orden de captura tienen más efectos prácticos, incluso en el extranjero'', indicó.

La abogada también advirtió las trabas que enfrentan las madres al buscar justicia: ''Aunque los procesos de alimentos son gratuitos y no requieren abogado, en la práctica contar con patrocinio legal agiliza los trámites, pero tiene un costo. Muchas mujeres no pueden asumirlo porque ya cargan con el cuidado de los hijos y actividades económicas para cubrir necesidades que deberían estar atendidas por el padre''.

Además, cuando el deudor está fuera del país, el escenario se complica. ''Se necesita aplicar normas de derecho internacional privado, lo que encarece y demora los procesos'', indica Silva. Por ello, considera que la vía penal resulta más efectiva porque ''basta ejecutar un mandato de detención, lo que presiona al obligado a cumplir''. ''No es cualquier deuda: de ello depende la subsistencia de los niños y la familia'', finalizó.

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