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Excelente noticia de ANSES: un grupo de beneficiarios recibirá un nuevo aumento en marzo

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció una excelente noticia para un grupo exclusivo de beneficiarios, quienes recibirán un aumento del 2,2%, reflejado en sus haberes.

Se trata de la Ley Brisa, un beneficio destinado a niños y adolescentes víctimas de violencia, quienes percibirán un incremento conforme a la nueva fórmula de movilidad, basada en los últimos índices de inflación brindados por el INDEC.

¿Qué es la Ley Brisa?

La Ley Brisa reconoce el derecho a cobrar una suma mensual y a tener una cobertura de salud para las niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia familiar o de género. 

Quienes reciben la reparación económica otorgada por ANSES, pueden acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la asignación por hijo del SUAF, según la situación familiar. 

Además, los beneficiarios de la AUH pueden cobrar el Complemento Leche 1000 Días y la Tarjeta Alimentar. Ambas prestaciones son otorgadas por el Ministerio de Capital Humano en conjunto con la ANSES. 

¿Quiénes pueden acceder a la reparación económica?

La reparación económica otorgada por la ANSES será brindada a los siguientes grupos de personas:

  • Las personas menores de 21 años cuya madre, padre o progenitor afín murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia.
  • Pueden ser argentinos o residentes. Si son residentes deben acreditar residencia de 2 años de manera continua.
  • Las personas con discapacidad pueden cobrar la reparación económica sin límite de edad.

En el caso de ser menor de 18 años, el cobro debe ser realizado por la persona que ejerza la guarda, ya sea el tutor, curador o adoptante. A partir de los 18 años, el beneficiario deberá percibir la reparación directamente. 

Además, en su página oficial, ANSES aclara que en ningún caso podrá acceder al cobro el progenitor acusado de haber causado la muerte del otro progenitor. 

Ley Brisa: ¿cuánto cobro en marzo?

El monto de la reparación económica es igual a una jubilación mínima del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Por lo tanto, se ajusta mensualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). 

Con la actualización del 2,2% oficializada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), el monto en marzo ascendió a $ 279.121,71. 

Requisitos para solicitar la prestación de ANSES

Quienes reciban el pago de ANSES con aumento en marzo serán aquellos que cumplan con la siguiente lista de requisitos:

  • En el caso de que el progenitor o progenitor afín haya sido procesado o condenado, se necesita que el auto de procesamiento como la sentencia estén firmes.
  • En el caso de la extinción penal por causa de muerte se necesita que la autoridad judicial declare la extinción de la acción por causa de muerte.
  • En el caso de fallecimiento por violencia intrafamiliar o de género se necesita que la autoridad judicial competente lo determine.

¿Cómo realizar el trámite para solicitar la Ley Brisa?

El trámite para acceder a la reparación económica de la Ley Brisa puede realizarse virtualmente a través de la plataforma de Trámites a Distancia. Los pasos a seguir son los siguientes:

  • Confirmar datos: verificar que los datos pre-cargados sean correctos, en caso de serlo dirigirse a la sección "Mis Datos" y modificarlos.
  • Actualizar datos: completar los datos del titular y del representante que necesiten ser actualizados.
  • Adjuntar documentación: adjuntar los documentos requeridos para realizar el trámite. 
  • Firmar la declaración jurada: aceptar la declaración jurada en referencia a los datos y documentación ingresada. 
  • Confirmar el trámite: verificar nuevamente que los datos ingresados sean correctos. 

Para más información, los interesados pueden enviar un correo a infanciasygeneros@anses.gov.ar o comunicarse a través de la Línea 102. 

¿En qué caso se puede dar de baja la prestación de la Ley Brisa?

Los beneficiarios dejarán de cobrar la reparación económica en los siguientes casos:

  • Se dicta el sobreseimiento o absolución del padre o progenitor acusado de haber causado la muerte de la madre.
  • El titular del beneficio se va del país por más de 2 años.