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La Abogacía del Estado también quiere apartar a Macías de los recursos contra la amnistía de los condenados por el "procés"

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La Abogacía del Estado también quiere apartar al magistrado del Tribunal Constitucional (TC) José María Macías de la resolución de los recursos de amparo de Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa contra la negativa del Tribunal Supremo (TS) a aplicarles la amnistía, los primeros en admitirse a trámite por la corte de garantías de los condenados por el "procés" (otro más, el del también exconsejero de Puigdemont Jordi Turull todavía no se ha tramitado desde el pasado octubre).

Tanto los Servicios Jurídicos del Estado como la Fiscalía ya consiguieron dejar fuera -con los votos de la mayoría progresista- del debate sobre la polémica ley en la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Supremo y en los recursos presentados por los gobiernos autonómicos del PP y por el Ejecutivo socialista de Emiliano García-Page. En este caso, la Abogacía del Estado considera que Macías puede tener un interés directo o indirecto en la cuestión planteada porque como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se pronunció en contra de la amnistía en un informe.

Amplía la mayoría progresista

Este fue precisamente, el argumento que acogió la mayoría del Pleno para aceptar su recusación y dejar al magistrado conservador al margen de esos debates. Una decisión que propició la ampliación de la mayoría progresista en la resolución de los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad, que con la abstención del exministro Juan Carlos Campo se había reducido a un solo voto (6-5), lo que convertía en decisivo el posicionamiento del presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido (que tradicionalmente vota en último lugar, por lo que en ese caso sería el encargado de deshacer el más que previsible empate a cinco). Pero con Macías fuera, la mayoría progresista es más holgada (6-4) y se disipa la sombra de Manuel García-Pelayo (quien como presidente del TC avaló con su voto de calidad en 1983 la expropiación de Rumasa por el Gobierno de Felipe González).

Sin embargo, en cuanto a los recursos de amparo (a los de los condenados del "procés" se unirán en breve los que planteen Puigdemont y los exconsellers fugados a los que el juez Pablo Llarena también se niega a aplicar la amnistía respecto al delito de malversación) ni Campo ni Macías se han abstenido, por lo que si el exministro de Justicia no es recusado (Vox es parte del procedimiento), sin el magistrado conservador el bloque progresista ampliaría aún más su mayoría en la resolución de los recursos de amparo (7-5).

Ni Junqueras ni los otros dos exconsejeros de ERC en el Gobierno de Carles Puigdemont han recusado a Macías.

Junqueras: "Política ficción"

En sus recursos, Junqueras, Romeva y Bassa rechazan el argumento de la Sala Penal del Tribunal Supremo de que la malversación no es amnistiable porque los condenados obtuvieron un beneficio personal al financiar el referéndum ilegal con fondos públicos y que su actuación comprometió los intereses financieros de la Unión Europea por la amenaza de separación de Cataluña del resto de España. Según su defensa, al negarse la amnistía el alto tribunal "se rebela" contra "la aplicación de la ley", "desafiando al poder legislativo y al sistema de separación de poderes".

Esa decisión, lamentan en su petición de amparo, vulnera sus derechos de defensa, a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, así como el derecho de representación política pues al seguir vigentes "indebidamente" las penas de inhabilitación no pueden presentarse como candidatos en unas elecciones (hasta 2031 a Junqueras y Bassa y hasta 2030 a Romeva), por lo que han pedido al TC que suspenda cautelarmente esas penas de inhabilitación.

Los recurrentes esgrimieron con profusión el voto discrepante de la magistrada Ana Ferrer, que defendió frente a sus compañeros de Sala que la malversación del "procés" (al financiar con dinero público el referéndum independentista) es "precisamente" la que la ley "quiere amnistiar". La magistrada -que también formó parte del tribunal del juicio del "procés"- defendió que "en ningún caso" en la sentencia apreciaron "un ánimo de enriquecimiento personal" en los condenados.

Un guante que recogió el abogado de Junqueras, para quien defender lo contrario supone una "incongruencia insalvable" pues los hechos probados del fallo "no describen en modo alguno ese beneficio personal ni una actuación orientada a obtenerlo".

El exvicepresidente de la Generalitat también discrepa de la apreciación del Supremo sobre el riesgo que para los intereses financieros de la UE (uno de los supuestos que quedan fuera del objeto de la Ley de Amnistía) supuso el desafío soberanista en Cataluña, algo que califica de "política ficción". Y no alcanza a entender, subraya, "cómo habrían sufrido las arcas de la Unión Europea" por unas actuaciones "que en la sentencia de condena se calificaron de inviables a nivel tanto jurídico como fáctico".