TEPJF ordena a Senado sustituir al Comité de Evaluación del Poder Judicial
El Tribunal Electoral aprobó por mayoría de votos, ordenar al Senado que sustituya al Comité de Evaluación del Poder Judicial, que en 24 horas defina los lineamientos para seleccionar a las candidaturas de la elección judicial en una tómbola, saltándose la etapa de idoneidad y sin tener que cumplir con que sean los mejores perfiles los que estén en la boleta.En una sesión privada, virtual y exprés, con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó que el Senado de la República sustituya al Comité Judicial, después de que éste, acordó no cumplir con la sentencia de la semana pasada en la que se le ordenó reactivar de inmediato el proceso de selección de candidaturas para la elección judicial.MILENIO confirmó que en la sesión a la que convocó la magistrada presidenta Mónica Soto en modalidad virtual y privada, y que comenzó poco después de las 9:00 de la mañana, sólo ella tomó la palabra y nuevamente tuvo sólo el respaldo de los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, con los votos en contra de la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.Mónica Soto expuso su proyecto que ayer MILENIO dio a conocer, en el que planteó adoptar la “figura de cumplimiento sustituto” ante el “inadmisible” desacato del Comité Judicial, para que sea el Senado el que cumpla la sentencia de continuar el proceso, para no afectar los derechos de las personas que se inscribieron en el Comité Judicial y que se quedaron en la primera etapa.“Esta Sala Superior determina que, en plenitud de jurisdicción, la Mesa Directiva del Senado de la República tome los acuerdos, lineamientos y formularios requeridos, relativos a efectuar la fase de insaculación pública a todas aquellas personas que resultaron con un dictamen favorable de cumplimiento de requisitos de elegibilidad emitido por el Comité de Evaluación responsable.“Sin que sea factible realizar el procedimiento para evaluar la idoneidad de las personas aspirantes ante lo avanzado de las etapas del procedimiento y la proximidad de la fecha de remisión de la lista de las personas elegibles que será a más tardar el treinta y uno de enero del año en curso”.El proyecto que el Tribunal Electoral ya hizo público, destaca que ante lo avanzado del proceso y la cercanía con el 31 de enero, fecha en la que debe de estar la lista de los mejores perfiles para someterlos a tómbola el 4 de febrero, el Senado podrá brincarse esta etapa.A partir de que sea notificado de esta sentencia, el Senado tendrá un plazo de 24 horas para que emita “el acuerdo, medidas y lineamientos necesarios o que estime pertinentes en el que se determinen las áreas y funcionarios autorizados, así como el lugar, fecha y hora para realizar el procedimiento de insaculación pública, únicamente respecto de aquellos cargos en los que existan más postulantes del número de duplas o ternas que correspondan.“En el entendido que en aquellos casos en los que no exista el número de aspirantes necesarios, éstos pasarán directamente a la boleta correspondiente”.Los cargos en los que el Comité Judicial aprobó un número menor al mínimo que prevé la reforma judicial en la Constitución, éstos no serán sometidos a la tómbola sino que en automático, las personas que pasaron la etapa de elegibilidad serán candidatas en automático. Pero también se deberán sumar a quienes la propia Sala Superior ha ordenado en los últimos días incluir a la lista, tras acreditar exclusiones injustificadas.Con las listas completas, el Senado deberá cumplir con la fecha constitucional para realizar la tómbola el 4 de febrero, es decir, el mismo día que el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo estarán realizando las mismas insaculaciones con sus respectivos perfiles.Destaca que la magistrada presidenta Mónica Soto se adelantó en esta sentencia a una posible negativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y autoriza al Senado que si el pleno de la Corte no aprueba las listas que les envíen tras la tómbola, puedan remitirlas directamente al INE como las candidaturas que representarán al Poder Judicial.“En caso de que el referido órgano jurisdiccional no apruebe los listados mencionados, se tendrá por actualizada la afirmativa ficta, por lo que, la Mesa Directiva del Senado de la República podrá remitir, de manera directa, las candidaturas insaculadas al Instituto Nacional Electoral, para continuar con el procedimiento electivo, en el entendido de que las personas que conformen la lista serán las candidaturas postuladas por el Poder Judicial de la Federación”.Debido al blindaje que la Suprema Corte le otorgó al Comité Judicial con una medida cautelar para que sus integrantes no reciban consecuencias por no acatar la sentencia previa del TEPJF, la Sala Superior no pudo imponer ninguna de las medidas de apremio que contempla la ley, que son amonestaciones y multas por medio millón de pesos, hasta arrestos y uso de la fuerza pública.LP