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Atención a los conductores de España: Estos vehículos no tendrán que pasar la ITV en 2025

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Abc.es 
El momento de pasar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) suele ir siempre acompañado de alguna que otra incertidumbre, especialmente cuando el coche en cuestión tiene muchos años y sus propietarios temen que no pase el chequeo. El objetivo de esta revisión es garantizar que cada detalle del vehículo, desde las luces a frenos o los neumáticos, sigue cumpliendo, por mucho que pase el tiempo, con los estándares de seguridad, ambientales y de circulación. La normativa actual española fija que la ITV tiene que pasarse en función de la antigüedad del modelo. Así, los vehículos nuevos no tienen que pasarla hasta que cumplen cuatro años ; los que tienen entre cuatro y diez años deben hacerlo cada dos años; y a los de más de diez años les toca el trámite anualmente. Lo que muchos no saben es que hay vehículos que, a pesar de llevar muchos años en la carretera, quedarán eximidos por la Dirección General de Tráfico (DGT) y no tendrán por qué pasar la ITV nunca más desde este año. Son estos. Así, desde este año, los vehículos, sean coches o ciclomotores, que fueron matriculados antes del 1 de enero de 1950 pueden disfrutar de esta excepción. Aunque quedan pocos, lo cierto es que muchos hogares españoles pueden conservar joyas de la conducción y también hay coleccionistas aficionados a los vehículos antiguos. El cambio se debe a que la DGT quiere dar más importancia a los coches históricos y que sean considerados como patrimonio cultural. Por lo tanto, la intención es incrementar el número de vehículos históricos en el país. Por lo general, un vehículo con más de 30 años de antigüedad, o con un interés o singularidad especial pueden solicitar la condición de vehículo histórico para ayudar a proteger su carácter representativo y simbólico de una determinada época de producción automovilística. Los vehículos históricos, excepto si son de antes de 1950, tienen que seguir acudiendo a los exámenes de inspección de la ITV. Los que tienen menos de 40 años tienen que hacerlo cada dos años, mientras que los de entre 40 y 45 años, cada tres años. Los de más de 45 años, también lo tienen que pasar, en este caso, cada cuatro años. Cabe tener en cuenta que todos ellos, cuando pasen la revisión de la ITV, no tienen que contar con todos los elementos o características obligatorios para circular a día de hoy si cuando fue fabricado no estaba equipado con dichos elementos. Así lo recuerda la DGT en su portal oficial.