¿Qué margen de kilómetros tienen los radares?
Con el cambio de año se producen modificaciones que nos afectan en el día a día, ya sea por la subida de precios o por la entrada en vigor de nuevas normativas. En el caso de la circulación, todo aquello relativo a los límites de velocidad y a los márgenes de error de los radares se mantiene invariable en este 2025.
De hecho, continúa vigente la modificación que se llevó a cabo el mes de junio de 2024 por la cuál la Dirección General de Tráfico (DGT) limitó el límite de los radares en España para "garantizar más seguridad" en las carreteras.
¿Cuál es el margen de error de los radares de velocidad?
Por tanto, es importante que los conductores tengan conocimiento de estas variaciones para no incurrir en sanciones disciplinarias. Y es que, tal y como se recoge en la normativa, "los radares operan con un margen de error" por el cuál se puede circular con un extra de velocidad sin recibir una multa.
Hasta hace unos meses, junio de 2024, los conductores podían superar la velocidad máxima de circulación en la carretera en 5 km/h y en 7 km/h, dependiendo de si ese control era detectado por un radar fijo o móvil, respectivamente, para vías de hasta 100 km/h.
Ahora, con la nueva restricción, la DGT establece unos límites más reducidos ya que sólo se puede circular 3 km/h y 5 km/h, según si es un radar fijo o móvil, por encima del límite en este tipo de vías sin ser multado.
Por tanto, si conducimos por una vía donde el límite de velocidad es de 100 kilómetros por hora (km/h) o menos, cometeremos una infracción a más de 103 km/h en caso de que exista un radar fijo, o a más de 105 km/h en el caso de un radar móvil.
¿Cuándo salta el radar a 120?
De la misma manera, es importante resaltar qué sucede cuando circulamos por vías donde la velocidad máxima asciende a los 120 km/h. Y es que, según la nueva tolerancia, los márgenes de los radares se sitúan en un 3% para los fijos y un 5% para los móviles.
Por tanto, en la actualidad, serás sancionado por un dispositivo fijo si conduces en España a 125 km/h o más, mientras que incurrirás en la misma problemática si circulas a más de 128 km/h en el caso de un radar móvil.
¿Qué pasa si te pilla un radar a 200?
Teniendo en cuenta toda esta información, es importante trasladar que el exceso de velocidad en las carreteras está sancionado por la DGT con la catalogación de 'grave' en cuatro supuestos en los que las multas económicas varían desde los 100 euros y hasta los 500 euros, y con un máximo de pérdida de 6 puntos en el carnet.
Dentro de todos los supuestos posibles, hay alguna circunstancia en la que la sanción asciende a 'muy grave'. En el caso de superar los 171 km/h, además de una multa económica de 600 euros y la pérdida de 6 puntos, podrá ser susceptible de un delito penal.
Esto sucede en aquellos casos donde la velocidad de la conducción asciende a los 200 km/h. Para estos supuestos, el infractor también puede llegar a enfrentarse a diversas sanciones: desde los 3 a 6 meses de prisión; privación del derecho a la conducción entre 1 y 4 años; y/o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Por último, es necesario recordar que los conductores no deben fiarse al 100% del velocímetro de su vehículo ya que suelen mostrar una velocidad superior a la real de la circulación.