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¿Cuántos días libres te corresponden por casarte?

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Organizar una boda puede ser un proceso agotador. Durante meses a las responsabilidades laborales y las tareas del hogar se suma otro frente: los preparativos del enlace. Para celebrar el gran día sin preocupaciones y disfrutar del ansiado viaje de novios o "luna de miel", el Estatuto de los Trabajadores contempla un permiso por matrimonio. Pero, ¿cuántos días exactamente corresponden, cómo se solicitan, desde cuándo empiezan a contar y se pierde el derecho en algún caso? Estas son algunas de las dudas más comunes que esclarecemos a continuación.

Duración y el caso de los autónomos

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.3, establece lo siguiente: " La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: 15 días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho". Por lo tanto, en todos los casos el permiso por matrimonio debe durar un mínimo de 15 días, aunque algunas empresas mejoran esta cifra en sus convenios colectivos. Además, cabe destacar que el permiso es obviamente aplicable tanto si la boda es civil como religiosa y también si eliges registrarte como pareja de hecho.

No obstante, si eres un trabajador autónomo, no podrás gozar de permiso remunerado por matrimonio, ya que no estás sujeto al Estatuto de los Trabajadores. En ciertos casos, es posible solicitar una prestación por cese temporal de actividad si se cumplen determinados requisitos. Sin embargo, la opción más sencilla, y la más común entre los autónomos, es reorganizar su agenda laboral para disponer de un periodo de descanso.

¿Desde cuándo se puede disfrutar del permiso por boda?

El permiso por matrimonio se debe disfrutar desde el día siguiente a la celebración de la boda, salvo que se acuerde otra fecha con la empresa. Hay que tener en cuenta que los días de permiso son naturales y no hábiles, por lo tanto también incluyen fines de semana y festivos. No obstante, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, si la boda se celebra un día no laborable para la pareja, como suele ser sábado o domingo, los 15 días de permiso suelen empezar a contar desde el primer día laborable no desde el día del enlace.

¿Cómo se solicita?

Para disfrutar de este permiso hay que comunicarlo con antelación a la empresa. El Estatuto de los Trabajadores no establece un plazo mínimo ni la vía de comunicación, pero es recomendable hacerlo al menos con 15 días de antelación y que la solicitud se haga por escrito. A la vuelta del permiso se deberá presentar la documentación que demuestre la unión, como el libro de familia o el certificado de matrimonio.

El permiso coincide con días de vacaciones ya solicitados, ¿qué ocurre?

Otro factor a tener en cuenta es que si el enlace y la luna de miel coinciden con días de vacaciones ya solicitados, se perderán los días de permiso por matrimonio que coincidan.

¿Si me caso otra vez tengo derecho a otros 15 días de permiso retribuido?

La última gran pregunta es si se puede disfrutar del permiso por matrimonio varias veces. La respuesta depende de con quién sea el enlace. Si una pareja de hecho ya usó el permiso y después decide casarse, no tendrá derecho a los 15 días. Si una ya pareja casada quiere volver a solicitar el permiso para celebrar unas bodas de plata u oro, tampoco se le concederá. En cambio, si la boda o constitución de pareja de hecho es con una persona distinta, lo que se conoce como segundas nupcias, sí se tiene derecho a disfrutar de otros 15 días naturales de permiso.