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Trabajo lo confirma: cuándo deja de ser válido el registro horario en papel

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La aprobación de la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales ha supuesto un hito histórico en España. Se trata de una medida impulsada desde el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, reduciendo la cantidad de horas de trabajo a menos de 40 horas a la semana.

Este acuerdo alcanzado entre Trabajo y los sindicatos UGT y CC.OO trae consigo otras medidas que servirán para controlar el cumplimiento de los derechos laborales de los empleados. En este caso, Trabajo ha impulsado medidas más modernas y estrictas para controlar el registro horario, es decir, saber cuando entran y salen los trabajadores de su puesto de trabajo.

Fin al registro horario en papel en tu puesto de trabajo

La idea del ministerio es la de eliminar el registro horario en papel, obligando a que los trabajadores lo hagan de manera digital, para tener un mayor control de las horas de jornada de cada empleado. Según el borrador presentado, todas las compañías, sin importar su tamaño, estarán obligadas a adoptar un sistema digital de registro horario accesible tanto para los empleados como para la Inspección de Trabajo y los sindicatos, permitiendo así una supervisión remota y en tiempo real.

Para ello, los empleados ficharán de forma personal y directa al inicio y finalización de cada jornada y registrarán todas las interrupciones de la misma que afecten a su cómputo, identificando además si las horas realizadas son ordinarias, extraordinarias o complementarias.

 

Cuáles serán las sanciones por incumplir el nuevo registro horario

Actualmente, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden social recoge que las multas a las empresas, en su grado mínimo, oscilarán entre 1.000 y 2.000 euros, en su grado medio, entre 2.001 y 5.000 euros, y en su grado máximo, entre 5.001 y 10.000 euros.

Asimismo, la nueva legislación introduce cambios sustanciales en este aspecto. Las sanciones ya no se impondrán por empresa, sino por cada trabajador afectado.

¿Cuándo entrará en vigor?

La intención del Ministerio de Trabajo era aplicar esta nueva normativa para el 1 de enero de 2025. Sin embargo, tal y como apuntó Yolanda Díaz en una entrevista para Cadena Ser, se espera que entre en vigor en aproximadamente cinco o seis meses.

El texto, que ha sido acordado con los sindicatos, deberá pasar por el Consejo de Ministros para después dirigirse al Congreso de los Diputados, donde los diferentes Grupos Parlamentarios deberán votar si están a favor o en contra. En caso de lograr la aprobación, el Gobierno tendrá hasta el 31 de diciembre de 2025 para actualizar los convenios colectivos.

Otras medidas que acompañan a la reducción de jornada

Además de la reducción de la jornada laboral y el mayor control para el registro horario, Trabajo pretende regular de manera más estricta la desconexión digital. Esta medida pretende permitir al trabajador no responder a los mensajes de la empresa cuando se encuentre fuera de su horario laboral, con el objetivo de garantizar un equilibrio saludable entre la vida laboral y personal de los trabajadores.

Un acuerdo que deja fuera a la patronal

Tras varios meses de negociación a tres bandas (sindicatos, patronal y Gobierno), tanto CEOE como Cepyme abandonaron la mesa de diálogo, dejando la nueva medida en manos del ministerio y los sindicatos. La patronal decidió salir de la mesa de negociación al entender que las condiciones planteadas perjudicaban gravemente los intereses de las empresas.