El impuesto a los vapeadores no entrará en vigor hasta el próximo mes de abril
El Gobierno ha acordado retrasar al 1 de abril la entrada en vigor del nuevo impuesto a los líquidos de los cigarrillos electrónicos que en principio estaba prevista para el 1 de enero, según ha informado el Ministerio de Hacienda en un comunicado, ya que "de esta manera se concede un mayor margen temporal para que los sujetos afectados puedan adaptarse a la nueva figura impositiva”. Según establece la enmienda, el líquido para cigarrillos electrónicos que contenga menos de 15 miligramos de nicotina por mililitro de producto pagará 0,15 euros por mililitro y 0,20 euros si la cantidad de nicotina es mayor.
Esta medida se incluye en el decreto ley de carácter tributario aprobado este lunes en Consejo de Ministros, que también incluye la prórroga en 2025 de los Presupuestos Generales del Estado, que garantiza la implementación de los fondos europeos. La prórroga recoge además la creación del llamado componente 32 del Plan de Recuperación para atender los objetivos de reconstrucción en los territorios afectados por la DANA de finales de octubre en Valencia.
Asimismo, el Gobierno también prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción en el IRPF de un 20%, un 40% o un 60% de las obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, así como la deducción del 15% del valor de adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
En materia de IRPF se eleva de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la renta. De esta forma, no estarán obligados a presentar la declaración de renta aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador, siempre y cuando la suma de las rentas del segundo o pagadores restantes no superen los 2.500 euros (hasta ahora eran 1.500 euros).
Para los autónomos se prorrogan un año más, durante 2025, los límites cuantitativos excluyentes para la aplicación del método de estimación objetiva, así como los límites para la aplicación del régimen simplificado del IVA. En lo que al impuesto sobre sociedades se refiere, el decreto prorroga al ejercicio 2025 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.