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Listas de sancionados por acoso sexual son de acceso público, confirma Procuraduría

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La Procuraduría General de la República (PGR) aclaró, ante una consulta del Ministerio de Hacienda, que la lista de personas sancionadas por hostigamiento o acoso sexual en su lugar de trabajo es de acceso público para cualquiera que desee consultarla. Además, el abogado del Estado remarcó que el patrono, sea del sector público o privado, debe mantener actualizado el registro con la sanción impuesta en firme y la identidad de la persona sancionada.

El órgano procurador emitió su respuesta el pasado 12 de diciembre ante las preguntas enviadas por el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, quien consultó si el registro de sanciones era de acceso público y, de ser así, si debía ser publicado en la página web del centro de trabajo o la institución que aplicó la sanción.

La Procuraduría explicó a Acosta que la Ley contra Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia, en su artículo 5, establece que el registro de sancionados “puede ser consultado por cualquier persona interesada”, siempre que se resguarde la identidad, los datos personales y cualquier otra información sensible de las víctimas. Esta información debe mantenerse disponible por diez años.

Además, el órgano procurador recordó que el artículo 34 de esa misma ley ordena que la información relativa a las sanciones, incluyendo la identidad de los sancionados, es de acceso público.

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La PGR detalló que la Ley para garantizar la publicidad de las sanciones firmes impuestas por conductas de hostigamiento sexual, aprobada en 2021, pretendía que la identidad de los sancionados fuera pública para promover la transparencia, prevenir nuevas agresiones sexuales y resguardar los derechos de las personas trabajadoras y estudiantes que podrían convertirse en víctimas.

Esa normativa también busca que los patronos tomen medidas que desalienten conductas de hostigamiento sexual, por lo tanto, evitar que los casos sean mantenidos bajo reserva o secreto fomenta un entorno más seguro.

“La posibilidad de acceso a un registro actualizado de personas sancionadas por conductas de acoso sexual en firme impuestas en el centro es acorde a los principios de trasparencia, rendición de cuentas de la Administración y acceso a la información administrativa”, concluyó el abogado del Estado.

Respecto a la publicación de esta información en la página web de las empresas o instituciones, la Procuraduría explicó que este es un medio idóneo y existe la posibilidad de usarlo.

“El uso de la página web oficial del centro de trabajo es un medio válido de acceso a dicha información. Dicho medio es útil para lograr una verdadera transparencia administrativa.

“El Poder Judicial, la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y el Banco Central de Costa Rica (BCCR) han puesto en práctica la publicidad de sus registros de sanciones en firme por hostigamiento sexual a través de páginas web institucional, por lo que constituye un medio de publicación que se acostumbra”, explicó la PGR.

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