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TC declara fundada queja de Patricia Benavides y resolverá su amparo contra la JNJ

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La batalla no acaba. El Tribunal Constitucional declaró fundada la queja de Patricia Benavides y resolverá en última y definitiva instancia el amparo de la destituida ex fiscal de la Nación contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Se trata del amparo con el que la exmagistrada busca que se declaren nulos todos los actos de la JNJ en su contra (investigaciones preliminares y procesos disciplinarios) en los que hayan intervenido los consejeros Inés Tello y Aldo Vásquez. Ello incluiría su destitución.

En primera instancia judicial el amparo recayó en la ex jueza supernumeraria Jacqueline Tarrillo Meneses, quien según Jaime Villanueva habría sido captada para fallar a favor de Benavides. Prueba de ello, dijo el filósofo, son las dos medidas cautelares que luego fueron anuladas en segunda instancia.

Tras conocerse el presunto contacto, Tarrillo archivó el amparo alegando que, para ese momento, los procesos disciplinarios aún no habían finalizado. Es decir, no declaró improcedente o infundada la demanda, sino que no se pronunció por no cumplirse un requisito. Esta decisión fue confirmada por la Tercera Sala en lo Constitucional de Lima.

La defensa de Benavides interpuso el recurso de agravio constitucional para que el caso sea elevado al TC. Sin embargo fue declarado improcedente porque únicamente procede contra resoluciones denegatorias (improcedente o infundada).

Ante ello, se planteó un recurso de queja de derecho, a fin de que el máximo intérprete evalúe directamente si se denegó debidamente el recurso de agravio.

Ante ello, los magistrados concluyeron que el archivo de la demanda por no cumplirse el requisito procesal tiene los mismos efectos que la improcedencia.

“En consecuencia, como quiera que el recurso de agravio constitucional fue incorrectamente denegado, corresponde estimar el presente recurso de queja, disponer la admisión a trámite del recurso denegado y que se remitan los actuados a este Tribunal Constitucional para su revisión”, se lee en el fallo.

Ahora, la Sala Constitucional de Lima deberá elevar el expediente al TC para que este resuelva definitivamente el recurso.