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El juez de Barcelona archiva la denuncia de Aída Nízar contra Ínigo Errejón al haber prescrito

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El magistrado concluye que el abuso sexual que la exconcursante de Gran Hermano atribuía al expolítico, supuestamente ocurrido en 2015, ya ha prescrito

El juzgado reactiva la denuncia de Mouliaá y llama a declarar a Errejón en enero

El juez de Barcelona que recibió la denuncia por abuso sexual de Aída Nízar contra el exdiputado de Sumar Íñigo Errejón ha archivado la causa al haber prescrito el delito que la exconcursante de Gran Hermano y colaboradora televisiva atribuía al expolítico. Según Nízar, los hechos habrían ocurrido en 2015, por lo que ya han prescrito.

En un auto, adelantado por la agencia EFE y que ha podido confirmar elDiario.es, el juez declara prescrito el delito de abuso sexual y la falta de vejaciones injustas que, según la ley aplicable en aquel momento, Nízar atribuía a Errejón, y da por extinguida su responsabilidad penal.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), la denuncia se ha archivado al considerar, tal y como había solicitado la Fiscalía, que los hechos denunciados están prescritos. “Con el archivo del procedimiento, queda extinguida toda responsabilidad penal del denunciado en esta causa”, agrega el TSJC.

Aída Nízar interpuso una denuncia en una comisaría de Marbella (Málaga) contra Errejón el 29 de octubre de 2024, casi diez años después de los hechos denunciados y cuatro días después de que el exdiputado dimitiera. Aunque inicialmente la exconcursante de Gran Hermano relató que los hechos habrían ocurrido en el Auditorio de la Universidad Complutense de Madrid, después matizó que habrían pasado en Barcelona, lo que provocó que la causa terminara en la capital catalana. 

Los hechos denunciados por Nízar se remontan al año 2015. La colaboradora televisiva, que entonces trabajaba en una revista catalana, acudió a cubrir un acto político de los Comuns en el que participó Errejón. Según la versión de Nízar, el político se “abalanzó” sobre ella y le llegó a besar la mejilla.

Ante esta situación, según la denuncia, Nízar se apartó bruscamente de Errejón, pero él se habría vuelto a acercar y le habría dado “un fuerte azote en las nalgas” en presencia de varias personas.

El juzgado de Barcelona, sin practicar ninguna diligencia, recibió la denuncia de la colaboradora, interpuesta en Marbella (Andalucía). Antes incluso de recabar las direcciones de denunciante y denunciado, el juez ha concluido que los hechos atribuidos a Errejón están prescritos. En suma, debe regir el principio de retroactividad favorable al reo y se le debe aplicar la ley más favorable.

En este caso, la norma más favorable es la vigente el día de los hechos denunciados (la ley orgánica 5/2010 de 22 de junio), por la que el acusado podría ser condenado a un máximo de 3 años de cárcel, lo que implica que los hechos prescriben en un máximo de 5 años, y en este caso han pasado más de nueve.

Errejón sigue siendo investigado por un juzgado de Madrid por una presunta agresión sexual a la actriz Elisa Mouliaá. Tanto la artista como el expolítico están citado para declarar el próximo 16 de enero.