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Esto es lo que no debes hacer nunca si tu casa es 'okupada': "Todo se alargaría y podría acabar en penas de prisión"

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La ocupación ilegal en España es un importante problema para la sociedad española. En el año 2023, según datos oficiales hubo un total de 15.289 'okupaciones'. Para agilizar los procesos de desahucio, el Congreso aprobó una modificación en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que, si se aprueba, permitirá desalojar a los 'okupas' que cometan allanamiento o usurpación de morada en un plazo de 15 días. Sin embargo, el PP, que votó a favor en el Congreso, la ha vetado en el Senado porque la norma tiene mala técnica legislativa y se ha convertido en un cajón de "enmiendas intrusas" que nada tienen que ver con el objetivo de la ley.

Fuentes consultadas por LA RAZÓN confirman que el veto no es por la propia enmienda sobre la "okupación", sino que el rechazo se produce por el resto de medidas. Se esperaba que el proyecto pudiera ser aprobado a finales del mes de febrero de 2025, después de todos los trámites por los que tiene que pasar hasta su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, esta devolución de la norma al Congreso puede propiciar que la aplicación de estas medidas se retrase hasta la mitad de año, si finalmente se consigue aprobar.

La lentitud de los procesos judiciales lleva en ocasiones a la desesperación a los propietarios, que en ocasiones intentan negociar o incluso intimidar a los 'okupas'. Paula Zoto, abogada experta en la materia, explicó detalladamente qué es legal hacer en una entrevista con 'Confi legal': "El modus operandi habitual es la realización de un estudio minucioso de cada 'okupa', de su forma de vida, llegando a grabarles por si les dieran algún problema. Normalmente se trata de llegar a un acuerdo económico que, en muchos casos, surte efecto, lo cual es completamente válido ya que rige la voluntad y autonomía de las partes".

No debes hacer esto si tienes ''okupas' en tu casa

La abogada advierte que negociar es legal, coaccionar no. Por tanto, explica que no se debe cortar los suministros de luz ni los servicios básicos a los 'okupas'. De hacerlo, el propietario puede tener un grave problema: "Mucha gente puede pensar que esta sería la forma rápida de conseguir que abandonaran el inmueble, pero lo cierto es que no, lo que se conseguiría con esto es que los 'okupas' permanecieran más tiempo en la vivienda y una posible condena de prisión para nosotros, resultando peor el remedio que la enfermedad".

Los delitos por coacciones están tipificados en el artículo 172 del Código Penal y, al igual que explica la abogada, contempla multas económicas y hasta la entrada en prisión para los casos más graves. Este tipo de respuesta podría retrasar aún más la resolución del caso y complicar la recuperación del inmueble si los 'okupas' alegan haber sido víctimas de violencia.

Otros abogados no comprenden la situación con los 'okupas en España y solo ven una solución: "La única forma de solucionar el problema es que se dicte una medida cautelar que en el plazo de 48 horas siguientes a la detención, si el okupa no tiene un título por el cual está ocupando esta propiedad, sea desalojado de inmediato". "Si te roban el coche, te lo devuelven al momento y luego tenemos un juicio que puede tardar dos o tres años", puso como ejemplo uno de ellos para reflejar la situación de la vivienda.