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Ноябрь
2024

Proconsumidor asegura sentencia del Constitucional ratifica potestad sancionadora de la institución

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El Dia 

Santo Domingo. – El director ejecutivo del Instituto Nacional de Protección al Consumidor (Proconsumidor), Eddy Alcántara, afirmó este viernes que la sentencia TC/0723/24 aprobada recientemente por el Tribunal Constitucional (TC), ratifica y fortalece la potestad sancionadora de la institución para defender los derechos de las personas consumidoras.

Dijo, además, que la sentencia ordenó al Congreso Nacional abocarse en lo inmediato a la modificación de la ley 358-05, para que no quede sujeta a interpretación la facultad sancionadora que ese tribunal ha reconocido y retenido mediante la decisión recientemente conocida.

“Las atribuciones conferidas a la Dirección Ejecutiva de Proconsumidor y al Consejo quedaron ratificadas mediante esta decisión”, afirmó Alcántara.

El funcionario manifestó que esta entidad seguirá actuando apegado a la ley, la norma y fortaleciendo sus atribuciones que le confiere esta sentencia, al tiempo que lamentó juristas interesados “se presten al rumor público de malinterpretar la decisión, interés y voluntad de los magistrados de ese alto tribunal de la República Dominicana”.

Alcántara agradeció a los jueces del Tribunal Constitucional por el interés de garantizar y aclarar que la protección de los derechos del consumidor, “se sobrepone a cualquier interés particular de quienes procuren malinterpretando la decisión, afectar a los consumidores y timarlo en sus derechos”.

Señaló también, que las “interpretaciones antojadizas” de sectores interesados en triturar las atribuciones de la institución que protege los derechos del consumidor por intereses particulares, “no dan espacio a la duda de que el deseo que prima en ellos es dejar desprotegidos a los dominicanos de los derechos conferidos por la normativa 358-05”.

Aseveró que la actual dirección de Pro Consumidor seguirá trabajando para garantizar y proteger los derechos de todos los dominicanos de la misma manera que lo ha venido haciendo desde el 22 de marzo del año 2021, cuando asumió la responsabilidad de hacer cumplir la ley a favor de todas las personas consumidoras del país.

En la sentencia del TC, aprobada el pasado 15 de este mes de noviembre, se establece en el párrafo tercero lo siguiente: “EXHORTAR al Congreso Nacional para que legisle en el sentido de producir una reforma integral del régimen de responsabilidades y sanciones administrativas previstas en la Ley núm.358-05, General de Protección de los Derechos  del Consumidor  o Usuario, especialmente para que  contenga  la habilitación clara, expresa e inequívoca”, que actualmente posee la entidad protectora de los consumidores y que es retenida por la actual sentencia de la alta corte.

Finalmente, invitó a los interesados a interpretar correctamente la disposición de esa alta corte cuando estableció: “rechaza las acciones directas de inconstitucionalidad en lo relativo a los artículos 17 y), 23, 31.j), 42, 112 y 117 de la Ley núm.358-05, General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario y, en consecuencia y declara dichas disposiciones conforme con la Constitución, por no contravenir los artículos 40.15, 40.17, 110 y 138 de la Constitución”.

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