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Ноябрь
2024

Proyecto para explotar oro en Crucitas asigna selección de empresas a presidente y ministros

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El proyecto de ley presentado por el gobierno, para permitir la explotación de oro y otros metales en Crucitas, asignaría al presidente y los ministros la escogencia de las empresas que recibirían contratos de minería a cielo abierto.

De acuerdo con el texto, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) se encargaría de la preselección de los posibles concesionarios, tanto nacionales como internacionales, con la asesoría técnica de la Dirección de Geología y Minas.

Luego, las personas físicas o jurídicas que superen la preselección participarían en subastas públicas para presentar sus ofertas y la decisión final recaería en el Consejo de Gobierno, integrado por el presidente y sus ministros.

El proyecto 24717 plantea una reforma al Código de Minería para autorizar y regular la minería metálica a cielo abierto en Cutris de San Carlos. El Poder Ejecutivo lo presentó el miércoles a la Asamblea Legislativa.

La exposición de motivos del proyecto señala que los ingresos generados por la actividad minera se destinarán a proyectos de desarrollo social, económico y ambiental. Asimismo, el Estado resalta la importancia de un control sobre la extracción minera para evitar la proliferación de la minería ilegal en Cutris.

Estado podría explotar recursos mineros

El artículo 4 del proyecto autoriza al Estado a realizar directamente los procesos de exploración y explotación minera mediante sus instituciones o los mecanismos legales disponibles, siempre que lo justifique de manera adecuada. Asimismo, se prevé la posibilidad de expropiar terrenos para estas actividades.

Esta labor estatal se plantea como una opción alternativa al otorgamiento de concesiones, que incluye una fase inicial de exploración minera, la selección preliminar de candidatos por parte del Minae, con asesoría técnica de la Dirección de Geología y Minas, y la ejecución de la subasta pública correspondiente.

El artículo 2 permitiría a los concesionarios obtener una cantidad ilimitada de concesiones, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa y las leyes vigentes.

No obstante, se establece que las concesiones otorgadas podrán ampliarse únicamente hasta un máximo del 50% del área original cuando se soliciten extensiones para explotar terrenos adyacentes.

Concesionarios pagarían comisión al Estado

En su propuesta, el Ejecutivo establece que los concesionarios deberán abonar anualmente al Estado una comisión mínima del 5% sobre el valor equivalente de las ventas brutas generadas por la explotación minera, conocida como “royalty”.

La recaudación por este concepto formará parte de los ingresos del Gobierno y, de acuerdo con el texto, al menos un 20% se destinará a la ejecución de obras de infraestructura en el cantón de San Carlos, Alajuela, así como a proyectos de recuperación ambiental. Además, cada año se transferirá a la Municipalidad de San Carlos el 5% de lo recaudado, monto que solo podrá utilizarse en proyectos dentro del cantón.

El pago de la comisión deberá efectuarse en los primeros 30 días naturales de cada año y su cobro estará a cargo del Minae.

Esta institución también será responsable de implementar acciones para la recuperación ambiental de la zona de Cutris, afectada por los impactos de la minería ilegal. En este contexto, se deberá elaborar un diagnóstico de los mejores procedimientos de remediación ambiental y determinar los recursos y medios necesarios para su ejecución.

Permiso de exploración no equivaldría a permiso de explotación

La iniciativa del gobierno también propone reformar el artículo 26 del Código de Minería para establecer que quienes poseen un permiso de exploración no tienen un derecho adquirido sobre una concesión minera. Esta modificación busca evitar interpretaciones ambiguas que puedan originar disputas legales, como ocurrió en el caso de Infinito Gold contra Costa Rica.

En el proceso ante el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), Infinito argumentó que el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código le otorgaba de manera automática el derecho a obtener la concesión de explotación. Según la empresa, este derecho surgía una vez que se demostrara la existencia de un yacimiento y la viabilidad de su explotación comercial.

Sin embargo, tanto el TCA como el Tribunal Arbitral, que resolvió finalmente la disputa, coincidieron en que el cumplimiento de los requisitos no asegura la concesión. El permiso de exploración permite la búsqueda de materiales, mientras que la concesión otorga el derecho a extraer, transformar y procesarlos, lo que requiere un análisis más exhaustivo.

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