El Supremo rechaza la petición del fiscal general de suspender el análisis de sus correos intervenidos
El magistrado del Tribunal Supremo, Ángel Luis Hurtado, que investiga al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a la fiscal jefa de Fiscalía Provincial de Madrid, María Pilar Rodríguez Fernández, por la presunta revelación de secretos en el caso del novio de Ayuso, ha rechazado suspender el análisis de los correos electrónicos y demás material incautado durante el registro por la Unidad Central Operativa (UCO) en los despachos de ambos.
Tanto García Ortiz como Rodríguez Fernández habían solicitado a la Sala de lo Penal la suspensión cautelar. El instructor niega la queja de los investigados de que la diligencia permitía el acceso al material por parte de terceros ajenos al alto tribunal.
El magistrado Hurtado expone en el auto que "cualquiera que sea el sentido que se quiera dar a esta manifestación, hay que insistir que el material se puso en manos de una unidad de Policía Judicial, al servicio de este instructor, de cuya labor y celo no hay razones para dudar, como la práctica judicial nos viene demostrando".
De igual forma, desmiente que exista una extralimitación del objeto del proceso en cuanto a que sea de una "naturaleza desproporcionada" que haya requerido la incautación de los correos electrónicos intercambiados desde sus cuentas oficiales desde el 8 de marzo hasta el 30 de octubre.
El instructor señala que fijó este marco temporal ante la "necesidad de recoger material en orden a un eventual aseguramiento de prueba que pudiera perderse", pero limitó el análisis de los mensajes a aquellos que comprendidos entre los días 8 a 14 de marzo de 2024".
Estos días son en los que se conoció la investigación por fraude fiscal contra Alberto González Amador, y que la Fiscalía estaba negociando un acuerdo que después derivó en la publicación de la nota aclaratoria sobre estas conversaciones por la que se investiga al fiscal general y a la fiscal jefe provincial de Madrid por supuestamente haber difundido con el comunicado datos privados y reservados de la pareja de la presidenta madrileña.
El magistrado Hurtado admite "que entre el material intervenido pueda haber información de otro tipo, que no sea de interés para la investigación", pero recuerda, en este sentido, en que "no es algo distinto a lo que suele suceder cuando de otro tipo de intervenciones, como las telefónicas, se trata".
"En todo caso, hay que recordar que la diligencia se practica bajo el secreto de sumario en lo que a ella afecta y que, una vez realizada, se acordará lo que proceda, caso de que, efectivamente, aparezca este otro tipo de información", traslada a ambos imputados en la causa especial.
El instructor de la causa desestima también la petición subsidiaria de García Ortiz y Rodríguez Fernández -para que en el caso de se rechazara la principal- se garantice que el análisis de la información intervenida se refiera a lo que sea de interés para la causa y que se limita al periodo comprendido entre las 22:00 horas del martes 13 de marzo y las 10:20 horas del miércoles 14 de marzo de 2024.
El magistrado de la Sala de lo Penal se apoya para rechazarlo en que "el ritmo" de la instrucción de esta causa por revelación de secretos es "el que ha de marcar las pautas y el alcance de lo que se vaya acordando" y afirma que, en todo caso, se exponen -en el auto de 8 de noviembre de 2024 que limitó los mensajes a investigar- las razones por las cuales se acota el análisis más allá del periodo pretendido por esta parte.
Precisa que "cuando se dicta este auto, no se ha iniciado el análisis de los dispositivos intervenidos con ocasión del registro realizado en la sede de la fiscalía general del Estado ni a Álvaro García Ortiz, de lo que existe una sola copia depositada bajo la custodia de la. letrada de la Administración de Justicia de esta Sala desde el momento de su intervención".
Paralelamente, en otro auto, esta Sala del TS ha acordado levantar el secreto de las actuaciones, excepto el material intervenido en los registros, que se constituirá en una pieza separada de carácter secreto.
Por último, el magistrado ha dictado una providencia en la que dispone que se tenga por personado y parte al Abogado del Estado en representación y defensa de Álvaro García Ortiz.