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Despedida por poner lejía en una botella de agua para "dar un escarmiento" a un compañero

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado improcedente el despido de una trabajadora queque puso lejía en una botella de agua con su nombre para "dar un escarmiento" al compañero que bebiera de ella porque en varias ocasiones otros trabajadores habían consumido de su botella y "su paciencia se había agotado".

La empleada, quien trabajaba como limpiadora en un polideportivo de Guipúzcoa, dejaba la botella con su nombre en el frigorífico del centro, en el que se almacenaban tanto bebidas personales como de uso común. En varias ocasiones, otros trabajadores habían consumido de ella y una vez llegó a encontrar su botella tirada en la papelera.

No sufrió daños graves

El 3 de noviembre de 2023, dejó en el frigorífico una botella con su nombre y una cantidad de lejía. Al día siguiente, un compañero bebió de ella, pero al notar un sabor extraño, escupió el contenido. Al ser interrogada, la empleada reconoció que había añadido lejía a la botella y, en tono desafiante, expresó: "que se joda". El compañero fue atendido en urgencias, aunque no sufrió daños graves.

Como resultado de su conducta, la trabajadora fue despedida el 10 de noviembre de 2023, ya que la empresa consideró que su acción representaba una grave falta de deslealtad y una transgresión de la buena fe contractual. La sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de San Sebastián, que declaró procedente el despido, fue ratificada por el TSJPV.

La trabajadora apeló ante el TSJPV, argumentando que la sanción era desproporcionada, ya que no había intención de causar daño grave y su compañero no había sufrido lesiones. Además, destacó que nunca había sido sancionada previamente. Sin embargo, el TSJPV subrayó que la conducta de la empleada fue deliberada y consciente, y que poner lejía en la botella, una sustancia peligrosa para la salud, representa una infracción muy grave, que justifica el despido.

El tribunal también argumentó que, aunque la trabajadora no había sido sancionada antes ni ocultó su identidad al poner su nombre en la botella, estos elementos no reducen la gravedad de su acción. Según el TSJPV, lo fundamental es que la trabajadora puso en riesgo la salud de su compañero de trabajo por una razón trivial, lo que viola la buena fe contractual. La sentencia aún no es firme, ya que la trabajadora tiene la posibilidad de recurrir ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.