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Breve guía de los derechos que asisten a los afectados por la DANA

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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que dirige Pablo Bustinduy ha elaborado una breve guía donde recoge los derechos que cubren a las personas consumidoras que han sido afectadas por la DANA.

La guía recopila los derechos que cubren a las personas consumidoras en los siguientes casos.

1. Pueden solicitar la suspensión temporal o definitiva de los contratos de prestación de servicios (gas, luz, agua, telefonía e internet…) si es imposible disfrutar de ellos. El artículo 47 del Real Decreto-ley contempla que, en estos casos, por ejemplo, mientras se rehabilita la vivienda, la persona consumidora podrá elegir entre la resolución del contrato o el aplazamiento de su ejecución (es decir, no tendrá que abonar el servicio durante este periodo). En cancelaciones definitivas, Consumo recuerda que se deberán restituir las potenciales cantidades abonadas en un plazo máximo de treinta días.

2. Si viven de alquiler y su vivienda es inhabitable, puede comunicar a su arrendador que se acoge a la suspensión del contrato hasta que la vivienda vuelva a ser habitable. Este derecho se puede ejercer conforme a lo previsto en el artículo 26 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. El inquilino también podrá desistir del contrato sin sufrir indemnización alguna en estos casos.

3. Pueden solicitar la moratoria de créditos como la hipoteca, la letra de un coche o un crédito al consumo. El artículo 35 del Real Decreto-ley permite solicitar a la entidad financiera una moratoria de hasta tres meses. Una vez que el afectado realice la solicitud de suspensión, el acreedor procederá a la suspensión de los pagos de las obligaciones en un plazo de quince días.

4. Si no pueden disfrutar de alguno de los productos o servicios contratados antes de la DANA, se amplía su derecho a desistir del contrato hasta el 31 de enero de 2025. El artículo 46 del Real Decreto-ley te permite ejercer este derecho para casos como viajes, conciertos, servicios digitales o la compra de enseres para su vivienda. Para ejercer este derecho a cancelar los servicios contratados o devolver los bienes comprados, no será necesario presentar los documentos que sean imposibles de obtener o recuperar debido a la propia DANA.

Además de estas actuaciones en el ámbito de consumo, el Ministerio recuerda que el nuevo Real Decreto-ley permite a las personas afectadas solicitar otras medidas o ayudas como las destinadas a la rehabilitación de vivienda, al cobro de compensaciones por seguros o el acceso de avales para crédito, entre otras.