Buscan que solo el fuero militar pueda juzgar a la Policía y las Fuerzas Armadas
La presidenta Dina Boluarte anunció que el Consejo de Estado aprobó la formulación de un “marco legal constitucional” que “garantice” a los policías y militares hacer uso de sus armas de reglamento. Esto al hacer que sean procesados en el Fuero Militar Policial (FMP) cuando presuntamente comentan excesos con dichas armas.
Boluarte indicó que se exigirá como paso previo a un eventual procesamiento en el Fuero Militar Policial un informe a la Inspectoría de la respectiva institución.
Según se desprende del pronunciamiento del Consejo de Estado, no hubo oposición del fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, ni del presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, contra la referida iniciativa.
La aprobación por parte del Consejo de Estado no implica la inmediata aplicación de los acuerdos. Primero deberá presentarse el respectivo proyecto de ley ante el Congreso, que deberá evaluar y dictaminar la propuesta.
Controversia
No es la primera vez que se plantea que el Fuero Militar Policial procese a policías y militares por los probables delitos que se cometan por uso de armas.
En diciembre del 2022, luego de las primeras muertes en las protestas tras el golpe de Pedro Castillo, Boluarte dijo que el FMP sería la entidad competente para investigar dichos fallecimientos.
Luego en un comunicado, la institución dijo que únicamente tiene competencia para investigar y sancionar delitos de función en los que incurran los miembros de la PNP y las FFAA, y no delitos comunes, como lesiones y homicidio.
Actualmente, los efectivos involucrados en las muertes de las protestas son investigados por la Fiscalía y procesados ante la Corte Superior Nacional.
Pese a ello, en octubre de este año, el Gobierno volvió a plantear la propuesta, pero ahora únicamente para las denuncias interpuestas en estados de emergencia.
Rechazo
En diálogo con La República, el abogado Carlos Rivera recalcó que la propuesta de juzgamiento de delitos comunes en el fuero militar policial es inconstitucional y demuestra el “nivel de sometimiento” del Gobierno.
“Los delitos de función son los que solo los militares y policías pueden cometer. Los civiles no podemos cometer el delito de abandono de destino o insulto al superior. Esos son delitos de función, el resto de los delitos los puede cometer cualquiera”, declaro el letrado.
Rivera recordó que en 2004 la Corte Suprema resolvió, a través de una sentencia vinculante, que en el caso de delitos comunes cometidos por las fuerzas del orden la competencia es del fuero civil.
“Los delitos de función están señalados en el Código de Justicia Militar Policial. Ahí no hay delitos de homicidio, lesiones, ni leves ni graves. Están generando una competencia indebida”, agregó.
En ese mismo sentido fue el comentario de la abogada Cruz Silva. “Ya pasamos por esto. Los delitos contra la vida e integridad no son de función militar, sino contra derechos de todos y todas. Esto es inconstitucional. ¿Cómo así la Fiscalía y el PJ están de acuerdo con esto? ¿Así piensan la Sala Plena y la Junta de Fiscales Supremos?”, protestó.
Más acuerdos
- El Consejo de Estado también aprobó que Sunafil efectúe visitas inopinadas a los centros de trabajo para detectar extranjeros que no tengan sus papeles en regla.
- Asimismo, se buscará que a través de una ley se separe a los profesores militantes del Movadef, que ha sido declarado ilegal en primera instancia por el Poder Judicial.
- Se acordó rechazar “amenazas contra nuestro modelo económico y la industria extractiva” por ser un “peligro contra nuestra seguridad”.