Estafa a su suegra en Cabra 13.000 euros a través de la firma electrónica de su cuenta bancaria
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena dictada el pasado 20 de abril de 2023 por la Audiencia Provincial de Córdoba a un vecino de Cabra por estafar a su suegra usando sin su consentimiento las claves de la banca online desde su teléfono que él mismo conocía por haberla acompañado al banco a realizar otras gestiones. La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia ahora ratificada recogía como hechos probados que J.M.G., estaba casado, en el mes de mayo de 2016, a requerimiento de la madre de su esposa , la acompañó a una entidad bancaria de una localidad próxima de la Campiña, a fin de proceder a efectuar determinadas transferencias desde la cuenta de esta a las de sus dos hijos. Una vez allí, y por consejo del director de la Sucursal, para evitar el pago de comisiones, procedieron a dar de alta a dicha señora en la banca digital , si bien, dado que esta no tenía conocimientos de internet , y por otra parte, dada la confianza que la titular depositaba en el acusado, se procedió a darles las claves de acceso al mismo a la vez que para operar este facilitó su teléfono móvil. De este modo, la titular de la cuenta encargó al acusado -que era su yerno- que realizara a sus hijos, dos transferencias por importe de 30.000 y 15.000 euros a cada uno de ellos, lo que este llevó a efecto. Tras ello, el acusado, con evidente ánimo de enriquecerse, -según consta en la sentencia- «sin autorización y sin consentimiento de la titular de la cuenta, ni por supuesto de su esposa, y valiéndose de que por la confianza que en él tenía puesta su suegra, no le había pedido que devolviera las claves de la cuenta; entre el 11 de julio de 2017 y el 7 de noviembre de 2017, realizó siete transferencias desde la referida cuenta a la cuenta de la que eran titulares el acusado y su esposa. En concreto y siempre a nombre de su mujer llevó a cabo siete transferencias entre julio y noviembre de 2017 , todas por un importe de 2002 euros cada una, de modo que logró apoderarse de un total de 13.007 euros de la cuenta de su suegra. Ahora el TSJA ha confirmado la condena al acusado de un delito de estafa, agravado -por la relación de abuso de confianza con la víctima- pero la atenuante de dilaciones indebidas, como muy cualificada , por lo que fue condenado a seis meses de prisión, multa y la indemnización en 13.007 euros. La estafa saltó, según abunda la sentencia, después de la ruptura matrimonial entre el acusado y su esposa. La Sala del TSJA concluye que «no encuentra en la valoración de la prueba ningún error sustancial ni en la aprehensión sensorial de lo que acusado y testigos declararon en su presencia durante el juicio oral o lo que resulta de los documentos aportados como tampoco en la racionalización crítica de esos distintos elementos probatorios que, ponderados en su conjunto, excluyen cualquier atisbo de irracionalidad , desatención o arbitrariedad sobre lo que recae en mayor medida la función revisora de esta segunda instancia cuando de la valoración de la prueba se trata«.