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El Congreso responde ahora al Senado sobre la ley que libera a etarras: elabora un informe una semana más tarde de enviarla al BOE

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Fernando Galindo, letrado mayor del Congreso, ha elaborado ahora, una semana más tarde, un informe para avalar la decisión tomada por la Cámara Baja de enviar la ley que va a liberar a más de 50 etarras al Boletín Oficial del Estado (BOE) para que entre en vigor. En este sentido, ha tardado una semana ya que Francina Armengol y los miembros del PSOE y Sumar de la Mesa del Congreso tomaron la decisión el pasado martes (15 de octubre) sin contar con ningún informe por escrito que recogiera los argumentos jurídicos, simplemente con una recomendación "verbal" de Galindo. En el informe elaborado "a posteriori", Galindo defiende que el Congreso "ha cumplido con sus obligaciones constitucionales y reglamentarias".

En concreto, el informe, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, da tres argumentos para avalar la decisión tomada. En primer lugar, Galindo aduce "que el acuerdo del Senado" por el que se rechaza la ley que libera a etarras "se habría adoptado fuera de plazo" ya que, como muy tarde, según sus estimaciones, se debería de haber votado en un Pleno el 13 de septiembre. Sin embargo, esa sesión plenaria se acabó celebrando el 14 de septiembre ya que el Senado aduce que el día de antes era domingo. "No existe ningún elemento que justifique que un plazo constitucional no pueda concluir en un domingo, debiéndose tener en cuenta que en el Congreso de los Diputados se ha llevado a cabo alguna sesión en domingo o día festivo cuando un plazo constitucional así lo dictaba", afirma el informe.

En segundo lugar, el documento aborda el tema del "veto". Galindo sostiene que el Senado no ha comunicado por escrito "que se haya opuesto veto" sino que se informa del "rechazo por mayoría absoluta" de la ley. En este sentido, el Congreso considera que del oficio de comunicación "se deprende que el propio Senado es consciente de que su acuerdo no se puede calificar directamente como veto, sino que simplemente por esa Cámara se infiere que lo es por el hecho de que el pronunciamiento se adoptó por mayoría absoluta". En este punto, la interpretación que se haga del veto genera un conflicto entre el Congreso y el Senado ya que cada Cámara tiene plena autonomía para adoptar sus propias decisiones en tanto en cuanto es un órgano constitucional.

Según el informe de Galindo, la jurisprudencia constitucional "ha delimitado el alcance de la capacidad colegisladora del Senado", precisando que el artículo 90.2 de la Constitución "especifica los concretos supuestos de discrepancia del Senado que dan lugar a una ulterior lectura en el Congreso, supuestos estos que son sólo dos: «El Senado ... puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas»". No obstante, tal y como ha defendido el Senado, nunca se había dado la situación de que el Pleno rechazara por mayoría absoluta una ley sin haber introducido el formalismo del veto: por tanto, la lectura que hace la Cámara Alta es que es equivalente y, en todo caso, es el Tribunal Constitucional quien deberá de pronunciarse.

Finalmente, en tercer lugar, el informe recoge que "el Tribunal Constitucional ha establecido en reiteradas ocasiones que el incumplimiento" de los procedimiento parlamentarios que marca el Reglamento "puede condicionar la validez del acuerdo final de aprobación o rechazo de una iniciativa legislativa". De esta manera, el Congreso considera que el Senado ha vulnerado los preceptos reglamentarios y eso puede anular también el acuerdo adoptado por el Pleno. "El Congreso de los Diputados no podía entender que la no aprobación de un proyecto de ley resultase equivalente a un veto, y de ahí que el acuerdo de la Mesa del Congreso del pasado 15 de octubre sea plenamente ajustado a Derecho", zanja el informe.