¿Qué es una huelga de alquileres y es legal realizarla en España?
Posteriormente al desfile del 12 de octubre, al día siguiente en Madrid se espera una nueva manifestación de carácter social que seguramente ataña a muchos habitantes, sobre todo en las grandes urbes y en las comunidades autónomas con mayores núcleos de población. Esta es la protesta convocada por el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid el próximo domingo en la capital de España.
Con el lema "los rentistas nos roban la vida, los gobiernos los defienden", el sindicato prevé protestar, como figura principal de esta situación actual, por la dimisión de la Ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, por "su responsabilidad directa en el fracaso de la Ley de Vivienda, su servilismo hacia los rentistas y la negligencia en su gestión".
Asimismo, también reivindican una bajada de los precios del alquiler, así como contratos indefinidos en esta modalidad de arrendamiento, prohibir los alquileres o finalizar con la "estafa" de los alquileres temporales y por habitación.
También cuentan con diferentes propuestas en otros aspectos relacionados con la vivienda, como que se acaben las operaciones de compraventa con fines especulativos, subidas de impuestos sobre viviendas en alquiler y vacías, SOCIMIS, fondos y "empresas especuladoras".
Aunque esta manifestación es una forma de mostrar su descontento ante la situación actual de la vivienda en España y para exigir la dimisión de la ministra de Vivienda, una de las medidas principales de este sindicato es la huelga de alquileres.
¿En qué consiste la huelga de alquileres?
Esta medida consiste en el paro organizado de pago del alquiler por parte de los inquilinos hacia sus arrendadores, en una forma de protesta en el caso de que en los últimos tiempos hayan subido el alquiler o por cualquier práctica que denominen como injusta.
"Si una inquilina deja de pagar, el problema lo tiene ella. Pero si diez mil inquilinas nos organizamos para no pagar, el problema lo tienen los caseros y los gobiernos que les sostienen. En eso consiste la #HuelgaDeAlquileres hacia la que caminamos", afirman desde el sindicato, el cual asegura que "la situación es insostenible" debido a la inacción de "los diferentes gobiernos".
Ahora bien, ¿es esta medida legal? No, ya que en el artículo 28 de la Constitución Española, en su punto segundo, solo contempla el derecho a huelga por motivos laborales, no de vivienda. No obstante, existen precedentes en España sobre un suceso similar.
Sucedió en 1931, en Barcelona, cuando miles de familias decidieron parar de pagar el alquiler promovidos por el sindicato Confederación Nacional del Trabajo. El apoyo de la huelga, se especula, llegó a las 100.000 personas, aunque fueron desahuciados por la Cámara de Propiedad y Patronato de la Vivienda de Barcelona.
Por tanto, y en caso de que haya una situación de tensión entre arrendador y arrendatario, ver primero si existe posibilidad de llegar a un acuerdo y, en caso de no hacerlo, llegar a la vía judicial y revisar que se esté tratando de un abuso por parte del propietario del piso, revisando las condiciones del contrato, asesorándose legalmente si fuera necesario.