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12 diputados piden declarar inconstitucional reforma a prisión preventiva

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Un grupo de 12 diputados solicitó a la Sala IV declarar inconstitucional el proyecto sobre prisión preventiva que el plenario aprobó, en primer debate, el 10 de setiembre. La reforma ampliaría los criterios que los jueces deben considerar para dictar esta medida cautelar; no obstante, la Corte Plena sostiene que el plan se prestaría para arbitrariedades porque está lleno de conceptos ambiguos.

Mediante una consulta facultativa de constitucionalidad, planteada el pasado 12 de setiembre, los legisladores alegaron que la propuesta podría resultar en una pena anticipada y “en la violación sistemática de derechos fundamentales, la erosión del debido proceso y el debilitamiento de las bases del sistema de justicia en Costa Rica”.

La consulta la impulsó la diputada Priscilla Vindas, del Frente Amplio (FA), junto con sus compañeros de bancada Sofía Guillén, Jonathan Acuña, Ariel Robles, Rocío Alfaro y Antonio Ortega.

Igualmente, firmaron la solicitud Gilberth Jiménez, Danny Vargas, Alejandra Larios y Dinorah Barquero, del Partido Liberación Nacional (PLN), así como Kattia Cambronero, del Partido Liberal Progresista (PLP), y la diputada indepedendiente María Marta Padilla.

Corte Plena insiste en ambigüedad de proyecto de ley para reformar la prisión preventiva

Ambigüedad en los conceptos comunidad y terrorismo

Ante la Sala IV, los 12 parlamentarios argumentaron que la reforma a los artículos 239 cuestionaron la incorporación de los conceptos de comunidad y actos de terrorismo al inciso d) del artículo 239.

El texto incorpora la comunidad al listado de sujetos que podrían verse en peligro por las acciones del imputado, a fin de motivar el dictado de la prisión preventiva. Para los diputados consultantes, el cambio violentaría los principios constitucionales de legalidad, inocencia, razonabilidad, proporcionalidad y convencionalidad.

Recordaron que los tres criterios eviados por la Corte Plena a la Asamblea Legislativa, sobre este expediente, fueron coincidentes en advertir sobre la indeterminación del concepto de comunidad y los riesgos de arbitrariedad que dicha impresición generaría al ponerse en práctica.

El proyecto define comunidad como el “conjunto de personas que habitan en una zona geográfica específica en donde se desarrollaron los hechos punibles que son endilgados a la persona imputada y sobre los cuales existen motivos razonables para presumir que la vida e integridad física de este conjunto de personas se encuentra en peligro”.

Según los parlamentarios, la ambigüedad del término podría llevar a que las personas sean privadas de su libertad producto de criterios “amplios y subjetivos”, en lugar de una valoración objetiva de los peligros de fuga u obstaculización del proceso, “propias de un Estado Social y Democrático de Derecho”.

Proyecto de prisión preventiva crearía una pena anticipada sin juicio, advierten magistrados

Externaron también preocupación por las contradicciones que tendría la norma con la Convención Americana de Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

“La Corte IDH ha sido clara en su jurisprudencia al establecer que la prisión preventiva no debe ser utilizada como una sanción anticipada, ni basarse en criterios generales como la peligrosidad del imputado o el impacto social del delito”, añaden.

Los diputados también expresaron su desacuerdo con incluir, entre las circunstancias que debe considerar el juez para ordenar la prisión preventiva, aquellos “actos de terrorismo relacionados directamente con la investigación”, ya que dicha expresión no se explica y su interpretación discrecional podría abrir otro portillo para decisiones arbitrarias

Disconformidad por inclusión de tipos penales

De igual manera, externaron disconformidad con los cambios al artículo 239 bis, porque incluye tipos penales específicos que motivarían la prisión preventiva. Entre estos se menciona el homicidio simple, homicidio calificado, delitos sexuales contra menores de edad y delitos en los que medie la utilización de armas de fuego.

Según los congresistas, “dicha reforma procura introducir como presupuesto que, ante la mera constatación de que se esté investigando un tipo penal de los incorporados, podría entonces dictarse prisión preventiva” contra las personas investigadas.

Advierte el documento de que este cambio desnaturalizaría la prisión preventiva como medida cautelar, y la convertiría en una sanción anticipada por el tipo de delito investigado y una “muy peligrosa generalización de la medida”.

La iniciativa para reformar la prisión preventiva forma parte de la agenda de 10 proyectos de seguridad que impulsó la mesa de los supremos poderes para enfrentar la ola de violencia que afecta el país. El texto original fue presentado por el diputado Gilberth Jiménez.

Los magistrados tienen hasta el 12 de octubre para brindar respuesta.