Lo que hizo la Corona española para proteger a los indígenas de América
La Corona de España siempre procuró preservar la dignidad y libertad de los indígenas que vivían en el Nuevo Mundo y lo hizo desde el primer momento en el que Cristóbal Colón descubrió América. De hecho, la Reina Isabel la Católica fue la primera autoridad de la historia y del mundo que defendió por ley los derechos de los nativos.
Fue ella quien los declaró hombres, con alma y libres y, además, los reconoció como vasallos de la Corona, con lo que obtenían el mismo estatus jurídico que cualquier castellano.
No solo esta Reina sino también los Reyes que la sucedieron se preocuparon de los indios y tuvieron que dar numerosas instrucciones y legislar a favor de los indígenas para frenar los abusos que algunos funcionarios y encomenderos cometían en la otra orilla del Atlántico, a miles de kilómetros de distancia, buscando argucias legales o saltándose directamente la ley.
Los Reyes de España siempre escucharon a quienes venían de América dispuestos a denunciar abusos e injusticias, como hizo el dominico Fray Bartolomé de las Casas, quien propició, junto con Francisco de Vitoria, que se promulgaran las Leyes Nuevas de Indias para mejorar la vida de los indígenas.
Estas son algunas de las instrucciones que los Reyes de España dieron a los gobernadores y oficiales sobre los indios:
Isabel la Católica
Real Cédula del 20 de junio de 1500: prohíbe esclavizar a los nativos americanos y les otorga la consideración de súbditos de la Corona. También ordena la liberación, el retorno y la restitución de sus tierras a los nativos que Cristóbal Colón trajo a España como esclavos.
Instrucción del 29 de marzo de 1503: «Que no se consienta hacer ningún mal ni daño ni en sus personas ni en sus bienes». «Que cuando algo les comprasen sea por su justo precio». «Que los caciques no les maltraten ni hagan ninguna opresión a dichos indios». «Nuestra merced, es, que los dichos indios sean en todo muy instruidos y bien tratados, como vasallos nuestros». Que donde sea más necesario se destine «casa para hospitales en que se acojan y curen los pobres, así cristianos como indios».
Primer hospital en América (1503): En la isla de La Española (actual República Dominicana) se construye el Hospital de San Nicolás de Bari, que atiende a indígenas y españoles pobres. Estuvo funcionando durante más de tres siglos y, a finales del siglo XIX, quedó abandonado tras ser dañado por terremotos.
Testamento de la Reina (1504): «Y no consientan ni den lugar que los indios reciban agravio alguno en sus personas y sus bienes, mas manden que sean bien y justamente tratados, y si algún agravio han recibido, lo remedien».
Fernando el Católico
Leyes de Burgos de 1512: Reconocían la naturaleza jurídica de los indígenas como hombres libres y su derecho a la propiedad. Las autoridades locales debían darles casa y hacienda. Regulaban su trabajo, que debía ser justamente remunerado; su descanso, alimentación, vestido y educación. Protegían a los huérfanos de padre y madre, establecían la libertad de los indios para escoger un oficio y protegían sus costumbres. Estas leyes han suscitado la admiración de juristas e historiadores, que las consideran un precedente de los Derechos Humanos.
Real Provisión del 19 de octubre de 1514: se autorizó expresamente el matrimonio entre españoles e indias, que la Corona apoyaba. Hasta ese momento, no estaba prohibido, pero tampoco regulado, un año después se legalizaron también los matrimonios entre indios y españolas.
Carlos I
Instrucciones que el Rey Carlos I de España envió a Hernán Cortés a México en 1523: «Dios nuestro Señor creó a los indios libres y no sujetos, no podremos mandarlos, encomendar ni hacer repartimiento de ellos a los cristianos».
Leyes Nuevas de 1542: El Emperador ordenó revisar la legislación para reforzar la protección de los indígenas y, tras consultar a Francisco de Vitoria y a Bartolomé de las Casas, promulgó las Leyes Nuevas, que prohibían la esclavitud de los indios en toda circunstancia y suprimía las encomiendas, aunque esta figura se sustituyó por los repartimientos.
Orden de paralizar la Conquista del 3 de julio de 1549: El Emperador mandó parar la conquista de América y todas las expediciones hasta asegurarse de que estaba actuando correctamente y de acuerdo con su moral cristiana. Quería saber si la Corona española tenía derecho a conquistar el Nuevo Mundo y pidió consejo a una junta de sabios, que se reunió en Valladolid.
Junta de Valladolid (1550-51): Hubo dos corrientes enfrentadas. Por un lado, fray Bartolomé de las Casas y los discípulos de Francisco de Vitoria (que había fallecido), quienes defendían la igualdad de los indios y españoles. Y por otro lado, Juan Ginés de Sepúlveda, que creía que los indios eran personas inferiores, «como los niños a los adultos». Sus conclusiones llevaron a la Corona a reforzar aún más la protección de los indígenas y a crear la figura del protector de indios.
Primera Universidad de América (1551): Por una Real Cédula se crea la Universidad de San Marcos de Lima en el Virreinato del Perú. Esta institución sigue funcionando ininterrumpidamente hasta la actualidad.
Felipe II
Real Cédula del 29 de noviembre de 1593: «Ordenamos y mandamos que sean castigados con mayor rigor los españoles que injuriaren, ofendieren o maltrataren a los indios, que si los mismos delitos se cometiesen contra los españoles».
Carlos II
Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias (1680). Contiene 6.385 leyes, agrupadas en 218 títulos, y cada ley señala el Rey que la promulgó, el año y el lugar de expedición de cada una de ellas.
Originalmente publicado en el diario El Debate de España
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